Sentencia nº 101-2010 de Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Retalhuleu - Civil y Mercantil de 8 de Junio de 2010

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2010
EmisorSala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Retalhuleu

08/06/2010 - CIVIL

101-2010

SALA REGIONAL MIXTA DE

LA

CORTE

DE

APELACIONES DE RETALHULEU: Retalhuleu, ocho de junio de dos mil diez.

En Apelación y con sus respectivos antecedentes, se examina la sentencia del veinticinco de enero de dos mil diez, pronunciada por el Juez de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Retalhuleu, en el Juicio ORDINARIO DE REIVINDICACION DE

LA

POSESION

, iniciado por E. AMILCARO.D. en contra de

la MUNICIPALIDAD DE

RETALHULEU. La parte actora compareció a juicio bajo el auxilio, dirección y procuración del abogado O. ColopV.. La parte demandada compareció a juicio bajo el auxilio, dirección y procuración del abogado R.V.G.;lezC..

RESUMEN DE

LA SENTENCIA IMPUGNADA

Mediante dicho fallo el funcionario de merito, al resolver, declaró: *** I) SIN LUGAR

LA DEMANDA ORDINARIA

DE REIVINDICACION promovida por el señor E. AMILCARO.D. en contra de

la MUNICIPALIDAD DEL

MUNICIPIO DE RETALHULEU, DEPARTAMENTO DE RETALHULEU; II) Se exime a la parte actora del pago de las costas procesales ***.

HECHOS RELACIONADOS EN

LA SENTENCIA APELADA

Los hechos expuestos por las partes en su memorial de demanda y contestación, así como sus pretensiones, aparecen consignados correctamente y son congruentes, por lo que esta instancia no hace modificación o rectificación alguna.

PUNTOS OBJETO DEL PROCESO

El presente juicio tiene por objeto la reivindicación de la posesión del bien inmueble plenamente identificado en autos, objeto de litis.

EXTRACTO DE PRUEBAS APORTADAS

En primera instancia los medios de prueba aportados por el actor, fueron: DOCUMENTAL 1. Patente de comercio de la empresa denominada “Gas y Lubricantes Ochoa”, de su propiedad, ubicado en el exterior del Mercado

La Terminal

de esta ciudad; 2. Constancia extendida por la administradora del Mercado número uno del treinta de mayo de dos mil nueve; 3. Oficio suscrito por el actor dirigido al Juez de Asuntos Municipales de esta ciudad, de fecha diecisiete de marzo de dos mil nueve; 4. Dos tarjetas de control de pagos a su nombre que corresponden al segundo y tercer bimestre del año dos mil siete; 5. Dos tarjetas de control de pago a nombre del señor R.R.;rezC., correspondientes al cuarto trimestre del año dos mil ocho y primer trimestre del año dos mil nueve; 6. Tarjeta de control de pago a nombre del señor S. Alvarez Pocasangre, correspondiente al primer trimestre del año dos mil nueve; 7. Oficio del uno de abril de dos mil nueve, remitido al señor Juez de Asuntos Municipales, por parte de la señora L.A. de Sánchez, administradora del Mercado

La Terminal

, número uno; 8. Documento privado de cesión de derechos de llave del local comercial motivo del presente asunto, de fecha trece de marzo de dos mil nueve, entre R.R.;rezC. y S. Alvarez Pocasangre.

ALEGACION DE LAS PARTES EN ESTA INSTANCIA

En esta instancia únicamente el actor E. AmilcarO.D., presentó memoriales haciendo uso del recurso y en ocasión del día de la vista, dando pormenores de los hechos descritos.

C O N S I D E R A N D O

Nuestra Constitución Política establece:” que la justicia se imparte de conformidad con

la Constitución

y las leyes de

la República.

Corresponde

a los tribunales de justicia la potestad de juzgar y promover la ejecución de lo juzgado… los Magistrados y Jueces son independientes en el ejercicio de sus funciones y únicamente...

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