Sentencia nº 311-2006 de Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y M. - Civil y Mercantil de 20 de Septiembre de 2006

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2006
EmisorSala Tercera de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y M.

20/09/2006 - APELACIÓN

311-2006

EXPEDIENTE No. 311-2006. Of. 1º.

SALA TERCERA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL RAMO CIVIL Y MERCANTIL; Guatemala, veinte de septiembre de dos mil seis. ---------------

En apelación y con sus antecedentes se examina la SENTENCIA, dictada por la JUEZ DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DE ESTE DEPARTAMENTO, el cuatro de agosto del presente año, dentro del juicio EJECUTIVO promovido por G.L.B.H., quien actúa en calidad de Gerente General y Representante Legal de la entidad GRANJA AVÍCOLA CALIFORNIA, SOCIEDAD ANONIMA, en contra de A.G.F. CORADO. La parte actora es de este domicilio y actúa bajo la dirección y procuración de los Abogados José Eduardo Quiñónez León y E.M.P.. La parte demandada también de este domicilio y compareció bajo la dirección y procuración del Abogado M.G.B.M.;n.

RESUMEN DE LA SENTENCIA RECURRIDA:

En la sentencia se DECLARA: “I) CON LUGAR LA EXCEPCION DE PAGO PARCIAL interpuesta por la ejecutada A.G.F.C.; II) SIN LUGAR LA DEMANDA EJECUTIVA promovida por la entidad GRANJA AVÍCOLA CALIFORNIA, SOCIEDAD ANÓNIMA, a través de su Gerente General y R.L.G.L.B.H. en contra de A.G.F. CORADO; III) Se condena al pago de las costas causadas dentro del presente juicio a la entidad GRANJA AVÍCOLA CALIFORNIA, SOCIEDAD ANÓNIMA; IV) Notifíquese.”

DE LOS HECHOS RELACIONADOS EN EL FALLO:

Las resultas de la sentencia de primer grado se encuentran congruentes con las constancias procésales, por lo cual no se hace ninguna modificación al respecto.

PUNTOS LITIGIOSOS EN EL PRESENTE JUICIO:

Es que se declare con lugar el proceso de Ejecución en Juicio Ejecutivo, promovido por la entidad Granja Avícola California, Sociedad Anónima, en contra de A.G.F.C., en consecuencia ha lugar a hacer pago y/o trance y remate con los bienes embargados, y con su producto pago a la parte ejecutante de la suma de setenta y tres mil quinientos treinta quetzales, más los intereses moratorios devengados y que se sigan devengando hasta el efectivo pago del adeudo, gastos y costas procésales, y que se condene al pago de las costas procésales a la parte ejecutada.

EXTRACTO DE LAS PRUEBAS APORTADAS:

Se aportaron al proceso los siguientes medios de prueba: I) Documental; y II) Presunciones Legales y Humanas.

ALEGACIONES DE LOS LITIGANTES EN ESTA INSTANCIA:

Tramitada esta instancia, se señaló día y hora para la vista, habiendo transcurrido...

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