Sentencia nº 602-2004 de Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y M. - Civil y Mercantil de 5 de Mayo de 2005

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2005
EmisorSala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y M.

Exp. No. 602-2004 Of. 3o. y N.. 1o.

SALA SEGUNDA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL RAMO CIVIL Y MERCANTIL. Guatemala, cinco de mayo del año dos mil cinco.-------------------

En Apelación y con sus antecedentes, se examina la SENTENCIA de fecha seis de agosto del dos mil cuatro, proferida por la Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil de este Departamento, dentro del Juicio Sumario identificado con el número C dos guión dos mil dos guión siete mil seiscientos noventa y nueve, a cargo del Oficial y Notificador Segundo (C2-2002-7699/Of. y N.. 2º.) promovido por la Entidad MULTICREDIT, SOCIEDAD ANONIMA, a través de su M. General y Judicial con Representación M.E.M.B., quien es de este domicilio y actúa bajo su propia dirección y procuración y la de los abogados D.E.M.S.Y.J.V.P.R., en contra de los señores E.F. MELGAR DE HUN conocida también como E.F. MELGAR DE HUNN quien es de este domicilio y actúa bajo la dirección y procuración de la Abogada J.B.D.M.; y H.G. HUN conocido también como H.G.;NH., quien es de este domicilio y actúa bajo la Dirección y Procuración del Abogado G.A.G.V..------------------------------------------------------

ANTEDENTES Y/O RESUMEN DE LA SENTENCIA RECURRIDA:

Por la sentencia de primer grado se declaró: “ I) CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA SUMARIA DE COBRO DE TARJETA DE CRÉDITO INSTAURADA POR LA ENTIDAD MULTICREDIT, SOCIEDAD ANONIMA, por medio de su mandatario general y judicial con representación M.E.M. BARRERA en contra de E.F. MELGAR DE HUN y HORACIO GUZMÁN HUN; II. En consecuencia se condena a los demandados señores E.F. MELGAR DE HUN Y HORACIO GUZMAN HUN a hacer efectivo el pago de la suma reclamada la cual asciende a la cantidad de CIENTO NUEVE MIL QUINIENTOS OCHO QUETZALES CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS, más intereses, recargos por mora y gastos procésales, los que se determinaran en su momento procesal oportuno; III. SE CONDENA A LA PARTE DEMANDADA AL PAGO DE LAS COSTAS PRODUCIDAS DEL PRESENTE PROCESO”-----------------------------------------------------

LOS HECHOS YA RELACIONADOS EN SENTENCIA:

Las resultas de la sentencia de primer grado son congruentes con las constancias procésales, por lo que no se hace ninguna rectificación al respecto.------------------------

PUNTOS CONTROVERTIDOS EN EL PROCESO:

Lograr el pago de la suma reclamada mediante contrato de tarjeta de crédito, más intereses, recargos moratorios y gastos procésales por la vía sumaria.--------------------

EXTRACTO DE LA PRUEBA APORTADA:

Tanto la parte actora como la demandada aportaron los medios de prueba que consideraron pertinentes, mismos que obran en autos.-----------------------------------------

ALEGACIONES DE LOS LITIGANTES EN ESTA SALA:

Tramitada esta instancia se señaló día y hora para la vista en...

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