Sentencia nº 83-2011 de Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Retalhuleu - Civil y Mercantil de 7 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2011
EmisorSala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Retalhuleu

07/09/2011 – CIVIL

83-2011

JUICIO: Sumario de Desahucio

ACTOR: María Campana Pérez de López

DEMANDADO: G.N.; SocopL.;pez

PROCEDENCIA: Juzgado de Primera Instancia Civil de Suchitepéquez

SALA REGIONAL MIXTA DE

LA CORTE DE

APELACIONES DE RETALHULEU, RETALHULEU SIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE. En Apelación y con sus antecedente se examina la sentencia de fecha tres de marzo de dos mil once, proferida por el Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo de Suchitepéquez, dentro del JUICIO SUMARIO DE DESAHUCIO promovido por M.C. PEREZ DE LOPEZ en contra de G.N.S.L., quienes actúan bajo la dirección, auxilio y procuración de los Abogados S. Madrazo Mazariegos y S.E.;nD.C. respectivamente.

RESUMEN DEL FALLO IMPUGNADO:

El Juez de Primer Grado resolvió: I) SIN LUGAR

LA DEMANDA EN

JUICIO SUMARIO DE DESAHUCIO, planteado en este Juzgado por la señora MARIA CAMPANA PEREZ DE LOPEZ, por las razones invocadas, en contra de la señora G.N.S.L.; II) SIN LUGAR

LA CONTESTACION DE

LA DEMANDA EN

SENTIDO NEGATIVO, por parte de la señora G.N.S.L.; III) No hay especial condena en costas dentro del presente Juicio Sumario; IV) Notifíquese.

RECTIFICACION DE LOS HECHOS RELACIONADOS CON INEXACTITUD:

No existen hechos que rectificar en esta instancia.

PUNTO OBJETO DEL PROCESO:

La Actora MARIA

CAMPANA PEREZ DE LOPEZ pretende que al declararse con lugar la demanda de desocupación planteada en contra de

la Demandada GLADYS

NOHEMI SOCOP LOPEZ, se ordene la desocupación de la misma dentro del plazo de quince días de la simple tenedora bajo apercibimiento de ordenar el lanzamiento a costa de la demandada y se le condene en costas.

EXTRACTO DE LAS PRUEBAS APORTADAS:

En Primera Instancia en la etapa procesal oportuna se aportaron los siguientes medios de prueba: POR PARTE DE

LA ACTORA

: DOCUMENTAL: a) Copia simple legalizada de la escritura pública un mil ciento sesenta y cuatro, autorizada en la ciudad de Mazatenango, Suchitepéquez el veintiocho de diciembre de dos mil nueve por el N.F.A. MadrazoM.; DECLARACION TESTIMONIAL: De los señores A.R.M.B. y DELFINA AJTUN CUMPAR. LAS PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS. POR PARTE DE

LA DEMANDADA

: DOCUMENTAL: a) Certificación del historial de

la Finca

dieciocho mil setecientos ochenta, folio doscientos setenta y dos, del libro noventa y dos de Suchitepéquez, registrada en el Segundo Registro de

la Propiedad

de Quetzaltenango; b) Certificación de fecha trece de mayo de dos mil diez de la partida de matrimonio cincuenta y cinco guión noventa y siete, folio doscientos sesenta y seis del libro sesenta y tres de matrimonios, extendida por el Registro Nacional de las Personas; c) Fotocopia simple legalizada de la cédula de vecindad del señor C.R.L. CAMPANA; LAS PRESUNCIONES LEGALES.

ALEGACIONES DE LAS PARTES CONTENDIENTES:

En esta Instancia

la ACTORA MARIA

CAMPANA PEREZ DE LOPEZ, solicitó que la audiencia del día de la vista se llevara a cabo en forma pública, a lo que esta S. señaló para el efecto la audiencia para el día diecisiete de agosto de dos mil once a las diez horas.

La Actora

compareció acompañada de su Abogado D.S. Madrazo Mazariegos quien en el uso de la palabra manifestó: Que

la ACTORA MARIA

CAMPANA PEREZ DE LOPEZ es propietaria de...

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