Sentencia nº 83-2011 de Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Retalhuleu - Civil y Mercantil de 7 de Septiembre de 2011
Fecha de Resolución | 7 de Septiembre de 2011 |
Emisor | Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Retalhuleu |
07/09/2011 CIVIL
83-2011
JUICIO: Sumario de Desahucio
ACTOR: María Campana Pérez de López
DEMANDADO: G.N.; SocopL.;pez
PROCEDENCIA: Juzgado de Primera Instancia Civil de Suchitepéquez
SALA REGIONAL MIXTA DE
LA CORTE DE
APELACIONES DE RETALHULEU, RETALHULEU SIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE. En Apelación y con sus antecedente se examina la sentencia de fecha tres de marzo de dos mil once, proferida por el Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo de Suchitepéquez, dentro del JUICIO SUMARIO DE DESAHUCIO promovido por M.C. PEREZ DE LOPEZ en contra de G.N.S.L., quienes actúan bajo la dirección, auxilio y procuración de los Abogados S. Madrazo Mazariegos y S.E.;nD.C. respectivamente.
RESUMEN DEL FALLO IMPUGNADO:
El Juez de Primer Grado resolvió: I) SIN LUGAR
LA DEMANDA EN
JUICIO SUMARIO DE DESAHUCIO, planteado en este Juzgado por la señora MARIA CAMPANA PEREZ DE LOPEZ, por las razones invocadas, en contra de la señora G.N.S.L.; II) SIN LUGAR
LA CONTESTACION DE
LA DEMANDA EN
SENTIDO NEGATIVO, por parte de la señora G.N.S.L.; III) No hay especial condena en costas dentro del presente Juicio Sumario; IV) Notifíquese.
RECTIFICACION DE LOS HECHOS RELACIONADOS CON INEXACTITUD:
No existen hechos que rectificar en esta instancia.
PUNTO OBJETO DEL PROCESO:
La Actora MARIA
CAMPANA PEREZ DE LOPEZ pretende que al declararse con lugar la demanda de desocupación planteada en contra de
la Demandada GLADYS
NOHEMI SOCOP LOPEZ, se ordene la desocupación de la misma dentro del plazo de quince días de la simple tenedora bajo apercibimiento de ordenar el lanzamiento a costa de la demandada y se le condene en costas.
EXTRACTO DE LAS PRUEBAS APORTADAS:
En Primera Instancia en la etapa procesal oportuna se aportaron los siguientes medios de prueba: POR PARTE DE
LA ACTORA
: DOCUMENTAL: a) Copia simple legalizada de la escritura pública un mil ciento sesenta y cuatro, autorizada en la ciudad de Mazatenango, Suchitepéquez el veintiocho de diciembre de dos mil nueve por el N.F.A. MadrazoM.; DECLARACION TESTIMONIAL: De los señores A.R.M.B. y DELFINA AJTUN CUMPAR. LAS PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS. POR PARTE DE
LA DEMANDADA
: DOCUMENTAL: a) Certificación del historial de
la Finca
dieciocho mil setecientos ochenta, folio doscientos setenta y dos, del libro noventa y dos de Suchitepéquez, registrada en el Segundo Registro de
la Propiedad
de Quetzaltenango; b) Certificación de fecha trece de mayo de dos mil diez de la partida de matrimonio cincuenta y cinco guión noventa y siete, folio doscientos sesenta y seis del libro sesenta y tres de matrimonios, extendida por el Registro Nacional de las Personas; c) Fotocopia simple legalizada de la cédula de vecindad del señor C.R.L. CAMPANA; LAS PRESUNCIONES LEGALES.
ALEGACIONES DE LAS PARTES CONTENDIENTES:
En esta Instancia
la ACTORA MARIA
CAMPANA PEREZ DE LOPEZ, solicitó que la audiencia del día de la vista se llevara a cabo en forma pública, a lo que esta S. señaló para el efecto la audiencia para el día diecisiete de agosto de dos mil once a las diez horas.
La Actora
compareció acompañada de su Abogado D.S. Madrazo Mazariegos quien en el uso de la palabra manifestó: Que
la ACTORA MARIA
CAMPANA PEREZ DE LOPEZ es propietaria de...
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