Sentencia nº 1464-2012 de Corte de Constitucionalidad, 17 de Enero de 2013

Fecha de Resolución17 de Enero de 2013
Número de expediente1464-2012

APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO EXPEDIENTE 1464-2012 CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, diecisiete de enero de dos mil trece. En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de siete de marzo de dos mil doce, dictada por la Corte Suprema de Justicia, Cámara de A. y A., en la acción constitucional de amparo promovida por el Estado de Guatemala, por medio de la abogada de la Procuraduría General de la Nación, M.R. de la L.H.P. de A., contra la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social. El postulante actuó con el patrocinio de la abogada que lo representa. Es ponente en el presente caso el Magistrado Vocal I, H.H.P.A., quien expresa el parecer de este Tribunal. ANTECEDENTES I. EL AMPARO A) Interposición y autoridad: presentado el dieciocho de abril de dos mil once, en la Corte Suprema de Justicia, Cámara de A. y A.. B) Acto reclamado: sentencia de veintinueve de abril de dos mil diez, dictada por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, que revocó parcialmente la dictada por el Juzgado Octavo de Trabajo y Previsión Social del departamento de Guatemala, que declaró con lugar parcialmente la demanda ordinaria laboral que promovió en su contra J.O.P.M.. C) Violaciones que se denuncian: al derecho de defensa e igualdad y a los principios jurídicos de legalidad y debido proceso. D) Hechos que motivan el amparo: el análisis de las constancias procesales se resume: D.1) Producción del acto reclamado: a) en el Juzgado Octavo de Trabajo y Previsión Social del departamento de Guatemala, J.O.P.M. promovió juicio ordinario laboral en su contra, en el que reclamó el pago de indemnización, daños y perjuicios y costas judiciales, aduciendo haber sido despedido de manera injustificada del puesto de Subdirector Ejecutivo IV de la Asesoría Jurídica que ocupó en el Ministerio de Gobernación; b) contestó la demanda en sentido afirmativo en cuanto al derecho del actor al pago de la indemnización y, opuso la excepción perentoria de improcedencia para el reclamo de las demás pretensiones, por lo que la titular del Juzgado mencionado, al proferir sentencia, declaró con lugar parcialmente la demanda instada, condenando al postulante únicamente al pago de la indemnización reclamada; y c) el ex empleado apeló y la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, por medio de la sentencia que constituye el acto reclamado, revocó parcialmente lo dispuesto en primera instancia, declarando con lugar la demanda instada, al argumentar que del estudio de las constancias procesales no se evidenciaba que al actor le hubieran hecho efectivo el pago de su indemnización, así como que de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Código de Trabajo, resultaba procedente el pago de daños y perjuicios y costas procesales reclamadas por el actor. D.2) Agravios que se reprochan al acto reclamado: denuncia el postulante que el acto reclamado viola su derecho y garantías enunciadas, debido a que al resolver la autoridad denunciada no consideró que el pago de la indemnización del ex trabajador ya había sido autorizado previamente en la vía administrativa, por lo que el reclamo del actor en la vía judicial se hizo con el objeto de obtener además, el pago de daños y perjuicios y costas judiciales, siendo estos improcedentes...

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