Sentencia nº 161-2011 de Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Retalhuleu - Penal de 7 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2011
EmisorSala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Retalhuleu

07/10/2011 – PENAL

161-2011

PENAL No.161-2,011 Of. 1ro.

PROCESADO: E. GeovanniL.C.;vez y/o E.G.L.C.;vez

DELITO: Transito de armas de fuego y municiones y otro.

PROCEDENCIA: Tribunal de Sentencia Penal de Suchitepéquez

SALA REGIONAL MIXTA DE

LA CORTE DE

APELACIONES DE RETALHULEU, RETALHULEU SIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL ONCE.

EN NOMBRE DEL PUEBLO DE

LA REPUBLICA DE

GUATEMALA se dicta sentencia por interposición del Recurso de Apelación Especial por Motivo de Fondo, interpuesto por el PROCESADO E.G.L.C. y/o E.G.L.C. con el auxilio del Abogado M.J.;sV.G.;lez del Instituto de

la Defensa Pública

Penal, en contra de la sentencia de fecha veinticuatro de mayo de dos mil once proferida por el Tribunal de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de Suchitepéquez, dentro del proceso penal que se instruye en su contra por los DELITOS DE TRANSITO DE ARMAS DE FUEGO Y MUNICIONES y COHECHO ACTIVO. La defensa técnica esta a cargo del ABOGADO M.J.V.G. del Instituto de

la Defensa Pública

Penal y actúa en la acusación el Ministerio Público a través del Agente Fiscal de

la Unidad

de Impugnaciones ABOGADO M.T.G.S..

ANTECEDENTES:

A. DE

LA ACUSACION

: El Ministerio Público al formular acusación y requerir la apertura a juicio le atribuye al procesado los siguientes hechos punibles: EN CUANTO AL DELITO DE COHECHO ACTIVO: ”Porque usted E.G.L. CHAVEZ el día diecinueve de julio de dos mil nueve a eso de las diecisiete horas con treinta minutos aproximadamente en la entrada a

la Finca Campo

Alegre ubicada a la altura del kilómetro ciento cuarenta y seis de la ruta CA guión dos del Pacífico, del municipio de San Antonio del departamento de Suchitepéquez, lugar donde se conducían a bordo de la unidad policial número DPM guión doscientos sesenta y siete (DPM.267) los Agentes de Policía Nacional Civil J.A.C.L., U.S.F.A., M.E.R. y T.G.M., todos al servicio de

la Subestación

policial del municipio de San Antonio, del mencionado departamento, mismos que efectuaban un recorrido de seguridad ciudadana, cuando observaron que usted se conducía a pie y en su estado normal en dicho lugar, observándole dichos agentes policiales que portaba a la altura de la cintura un objeto con la figura de una arma de fuego, razón por la cual dichos agentes policiales al intentarlo pararlo, usted se dio en precipitada carrera intentándose dar a la fuga entre los cañaverales del lugar, siendo perseguido y alcanzado en lugar arriba descrito, por lo que el Agente de PNC M.O.E.R., al momento de realizarle un registro superficial en sus prendas de vestir fue sorprendido flagrantemente cuando usted portaba a la altura del cinto lado derecho una pistola de plástico de color negro, con marca OMEGA, con las leyendas: U. S.

9

mm

M9 MILITARY guión veintinueve mil quinientos noventa y ocho (29598), con funda tipo vikini, de un material posiblemente de cuero de color cafés, así mismo en la bolsa delantera del lado derecho del pantalón se le incautó un sobre de nylon transparente el cual contenía residuos de la droga denominada cocaína, una caja de fósforos de catón de la marca Fogata, la cual contenía en su interior la cantidad de diez piedras de color blanco hueso de la droga denominada crack, la cantidad de cinco envoltorios pequeños de nylon transparente los que contenían en su interior hierba seca denominada marihuana, así también en la bolsa delantera del pantalón que vestía en el lado izquierdo se le incautó tres cartuchos para arma de fuego calibre doce, diseñados para ser utilizados en armas de fuego tipo escopeta, trece cartuchos útiles para arma de fuego de calibre 5.7 x

28 milímetros

diseñados para ser utilizados en arma de fuego tipo escopeta, carabina entre otras, un cartucho útil para arma de fuego calibre 9 x

19 milímetros

, diseñado para ser utilizado en armas de fuego tipo pistola, carabina subametralladoras, entre otras, según peritaje balístico BAL-09-12318 de fecha treinta de octubre de dos mil nueve realizado J.C.O.tilde;EZ DE

LA CERDA

, P.E. de

la Unidad

de Laboratorio de Criminalistica del Instituto Nacional de Ciencias Forenses INACIF de la ciudad de Guatemala. En ese momento usted intentó sobornar a los agentes policiales a cambio de su libertad por la cantidad de ciento diecinueve quetzales en efectivo, consistentes en: Nueve billetes con denominación de un quetzal, con el número de serie de cada uno: B ochenta y seis millones doscientos ocho mil setecientos ochenta y tres B (B86208783B), B sesenta y siete millones cuatrocientos cincuenta y seis mil novecientos veinticinco B (B67456925B), B sesenta y un millones seiscientos cuarenta y dos mil novecientos setenta y ocho B (B61642978B), B treinta y cuatro millones ochocientos treinta y cinco mil ochocientos siete B (B34835807B), B setenta y tres millones novecientos veintiocho mil trescientos noventa y siete B (B73928397B), B setenta y siete millones novecientos veintiséis mil ciento veinticuatro B (B77926124B), B veintidós millones seiscientos mil setenta y cuatro B (B22600074B), B cuarenta y cuatro millones cuatrocientos cincuenta mil seiscientos sesenta y ocho B (B44450668B), B veintinueve millones ochocientos dieciocho mil doscientos sesenta B (B29818260B), un billete de la denominación de diez quetzales con el número de serie D cincuenta y tres millones novecientos dieciocho mil ciento veintidós B (53918122B), un billete de la denominación de cien quetzales con el número de serie G noventa millones ochocientos setenta y seis mil setenta y cuatro (G90876074B), motivo por el cual fue aprehendido y puesto a disposición de Juez competente.” Hecho antijurídico regulado en el artículo 442 del Código Penal tipificado como el delito de COHECHO ACTIVO.” EN CUANTO AL DELITO DE PORTACION ILICITO DE ARMAS DE FUEGO Y MUNICIONES: “Porque usted E.G.L. CHAVEZ el día diecinueve de julio de dos mil nueve a eso de las diecisiete horas con treinta minutos aproximadamente en la entrada a

la Finca Campo

Alegre ubicada a la altura del...

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