Sentencia nº 86-2012 de Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal - Penal de 12 de Julio de 2012

Fecha de Resolución12 de Julio de 2012
EmisorSala Quinta de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal

12/07/2012

– PENAL

86-2012

A/E No. Sala: 86-2012. Asist 3º. M.P. No. 166/2011/151.

No. Único:

12027-2011-00051

. S.M..

SALA QUINTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL RAMO PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE; QUETZALTENANGO, DOCE DE JULIO DE DOS MIL DOCE.

EN NOMBRE DEL PUEBLO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, se pronuncia sentencia, con motivo del Recurso de Apelación Especial interpuesto por los procesados: a) E.R.O.B., por Motivos de Forma, referido a M.A. de Anulación Formal, y b) L.A.F., por Motivo de Fondo y por Motivos de Forma, referido a Motivos Absolutos de Anulación Formal; en contra del fallo proferido por el Tribunal de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de San Marcos, de fecha nueve de noviembre de dos mil once, en el proceso que se sigue en contra de: L.A.F., E.R.O.B. y C.H.R.H.;ndez, por los delitos de: Asociación Ilícita y Asesinato en Grado de Tentativa.

DE LOS DATOS DEL ACUSADO:

Según consta en autos, los acusados proporcionaron los datos de identificación personal siguientes: “L.A.F.: de veintidós años de edad, soltero, originario del municipio de Tiquisate del departamento de Escuintla y con domicilio en el municipio de Flores Costa Cuca, del departamento de Quetzaltenango, fue identificado en el debate con la certificación de su partida de nacimiento, hijo de C.F.M. y de padre desconocido. E.R.O.B.: de veintidós años de edad, soltero, agricultor, con domicilio en finca el Rosario, municipio de flores, Costa Cuca, departamento de Quetzaltenango, hijo de R.O. y de S.V. Batén, con cédula de vecindad números de orden I nueve y de registro siete mil cuatrocientos setenta y siete, extendida en el municipio de Flores Costa Cuca del departamento de Quetzaltenango la que no presentó; en el debate fue identificado con la certificación de la reposición de la partida de nacimiento; (…)”.

DE LOS SUJETOS PROCESALES QUE ACTUARON EN ESTA INSTANCIA:

La defensa técnica del procesado L.A.F., se encuentra a cargo del Abogado. G.A.M.S. y M.M.C.F., la defensa de los procesados: E.R.O.B. y C. CarlosH.R.H.;ndez, se encuentra a cargo del Abogado. H.R.H.C., no hay querellante adhesivo.

DE LOS HECHOS FORMULADOS EN ACUSACIÓN POR EL MINISTERIO PUBLICO: Al imputado L.A.F. se le atribuye el siguiente hecho punible: “Primer hecho: (…) El ocho de enero de dos mil once, usted L.A.F. se concertó a planificar con E.R.O.B. y C.H.R.H.;ndez para darle muerte a la señora E. marilúC., se prepararon con un arma de fuego tipo revolver calibre trescientos cincuenta y siete pulgadas Mágnum, marca Smith & Wesson con numero de registro M doscientos noventa y nueve mil trescientos cinco, made in USA, y es así como a las doce horas con quince minutos aproximadamente del ocho de enero del año dos mil once, usted L.A.F. ingresó al negocio denominado “Farmacia el Descuento”, ubicada en la octava avenida doce guión noventa y seis zona uno de la ciudad de San Marcos, y disparó contra la humanidad de la señora E. MarilúC. con el ánimo de causarle la muerte, la agraviada se refugió detrás del mostrador de vidrio oscuro que se encuentra en el interior del negocio, causándole una herida cortocontundente de dos centímetros de longitud con puntos de sutura, bordes irregulares que compromete el cuero cabelludo, en fase de cicatrización. Acción que usted y sus compañeros la prepararon y deliberaron habiendo mediado el tiempo entre el propósito y su realización, ejecutando usted L.A.F. el delito en forma fría e irreflexivamente y por causas independientes a su voluntad no se consumó la muerte. Previo a los hechos usted y sus acompañantes habían recibido un mensaje al teléfono celular, activado con el número cincuenta y tres millones ochocientos veinticuatro mil seiscientos noventa y nueve, marca NOKIA, registrado el ocho de enero de dos mil once a las siete horas con cincuenta y cuatro minutos y cuarenta y cuatro segundos, se lee “conpadre escuche lo que le boy a decir. Cuando aga el mandado vea bien entradas y salidas y cuantas cuadras ba a correr y que los otros les reciba el juguete en otro lado. Vivo lo quiero carnal”, teléfono que se le encontró a usted en una de las bolsas del pantalón que vestía al momento de su aprehensión, así también dicho teléfono tiene llamadas entrantes y salientes del teléfono que se le encontró a uno de sus acompañantes E.R.O.B.. Esta acción se tipifica como delito de Asesinato en Grado de Tentativa, de conformidad con el artículo 14 y 132 del Código Penal”. Segundo Hecho: “Usted L.A.F., el ocho de enero de dos mil once se concertó para planificar, preparar y ejecutar con E.R.O.B. y C.H.R.H.;ndez para darle muerte a la señora E. MarilúC., en el interior del negocio denominado Farmacia El Descuento ubicada en la octava avenida doce guión noventa y seis zona uno de la ciudad de San marcos, se prepararon con un arma de fuego y por causas independientes a su voluntad no se consumó la muerte, habiéndole causado una herida cortocontundente de dos centímetros de longitud con puntos de sutura, bordes irregulares que compromete el cuero cabelludo en fase de cicatrización. Previo a los hechos usted y sus acompañantes habían recibido un mensaje al teléfono celular, activado con el número cincuenta y tres millones, ochocientos veinticuatro mil seiscientos noventa y nueve, marca NOKIA, registrado el ocho de enero de dos mil once a las siete horas con cincuenta y cuatro minutos y cuarenta y cuatro segundos se lee “compadre escuche lo que le boy a decir. Cuando aga el mandado vea bien entradas y salidas y cuantas cuadras ba a correr y que los otros les reciba el juguete en otro lado. Vivo lo quiero carnal”. Teléfono que se le encontró a usted en una de las bolsas del pantalón que vestía al momento de su aprehensión, así también dicho teléfono tiene llamadas entrantes y salientes del teléfono activado con el número cuarenta y cuatro millones cuarenta y seis mil quinientos cuarenta y seis que se le encontró a su acompañantes E.R.O. Batén”. Conducta antijurídica que se califica como Asociación Ilícita de conformidad con el artículo 4 de la Ley Contra la Delincuente Organizada”. E.R.O.B.. Primer Hecho: El ocho de enero de dos mil once, usted E.R.O.B., se concertó al planificar con L.A.F. y C.H.R.H.;ndez, para darle muerte a la señora E. MarilúC., se prepararon con una arma de fugo (sic) tipo revolver calibre trescientos cincuenta y siete pulgadas Mágnum, marca Smith & Wesson con número de registro M doscientos noventa y nueve mil trescientos cinco, made in USA y es así como a las doce horas con quince minutos aproximadamente del ocho de enero del año dos mil once, su acompañante L.A.F., ingresó al negocio denominado Farmacia El Descuento, ubicada en la octava avenida doce guión noventa y seis zona uno de la ciudad de San Marcos, y disparó en contra de la humanidad de la señora E. MarilúC., con el ánimo de causarle la muerte, la agraviada se refugió detrás del mostrador de vidrio oscuro que se encuentra en el interior del negocio, causándole una herida cortocontundente de dos centímetros de longitud con puntos de sutura, bordes irregulares que compromete el cuero cabelludo, en fase de cicatrización. Acción que usted y sus acompañantes la prepararon y deliberaron mediando el tiempo suficiente entre el propósito y su realización, ejecutando su acompañante el delito en forma fría e irreflexivamente y por causas independientes a su voluntad, no se consumó la muerte. Previó a los hechos, usted y sus acompañantes habían recibido un mensaje al teléfono celular, activado con el número cincuenta y tres millones ochocientos veinticuatro mil seiscientos noventa y nueve, marca Nokia registrado el ocho de enero de dos mil once a las siete horas, cincuenta y cuatro minutos cuarenta y cuatro segundos, se lee “compadre escuche lo que le boy a decir. Cuando aga el mandado vea bien entradas y salidas y cuantas cuadras ba a correr y que los oros les reciba el jueguete en otro lado. Vivo lo quiero carnal” teléfono que se le encontró en una de las bolsas de pantalón que vestía su acompañante L.A.F.. Acción antijurídica que se califica como Asesinato en el Grado de Tentativa en calidad de cómplice de conformidad con los artículos 14, 37 y 132 del Código Penal. Segundo Hecho: El ocho de enero de dos mil once, usted E.R.O.B., se concertó para planificar, preparar y ejecutar con L.A.F. y C.H.R.H.;ndez, darle muerte a la señora E. MarilúC. se prepararon con un arma de fuego tipo revolver, calibre punto trescientos cincuenta y siete pulgadas, Mágnum, marca S.; Wesson con número de registro M doscientos noventa y nueve mil trescientos cinco, made in USA, y es asi como a las doce horas con quince minutos aproximadamente, su acompañante L.A.F., disparó en contra de la señora E. MarilúC., en el interior del negocio denominado farmacia El Descuento, ubicado en la octava avenida doce guión noventa y seis zona uno de la ciudad de San Marcos, pero por causas independientes a la voluntad de su acompañante no se consumó la muerte, habiéndole causado una herida cortocontundente de dos centímetros de longitud con puntos de sutura, bordes irregulares que comprometen el cuero cabelludo en fase de cicatrización. Previo a los hechos usted y sus acompañantes habían recibido un mensaje por teléfono celular, activado con el número cincuenta y tres millones ochocientos veinticuatro mil seiscientos noventa y nueve marca Nokia, registrado el ocho de enero de dos mil once a las siete horas, cincuenta y cuatro minutos cuarenta y cuatro segundos, se lee “compadre escuche lo que le boy a decir. Cuando aga el mandado vea bien entradas y salidas y cuantas cuadras ba a correr y que los otros les reciba el juguete en otro lado. Vivo lo quiero carnal” telefono que se le encontró a su acompañante L.A.F., en una de las bolsas del pantalón que vestía al momento de su aprehensión, así también dicho teléfono tiene llamadas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR