Sentencia nº 72-2009 de Juzgado Décimo Cuarto de Trabajo, 12 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2010
EmisorJuzgado Décimo Cuarto de Trabajo

12/05/2010 – LABORAL

72-2009

JUZGADO DECIMO CUARTO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL. Guatemala, doce de mayo del dos mil diez.

Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA, el Juicio Ordinario Laboral arriba identificado promovido por A.L. DAVILAL., en contra de la Entidad FABRICA DE ESPONJA PLASTICA FOMTEX, SOCIEDAD ANONIMA, La parte actora estuvo asesorada por los Abogados L. HERNANDEZM., E.O.R.G.R.Y.C.E.M.J., POR PARTE DE LA ENTIDAD DEMANDADA, compareció ALDO F.E. GRAZIOSO BONETTO en su calidad de MANDATARIO GENERAL JUDICIAL ADMINISTRATIVO CON CLAUSULA ESPECIAL Y CON REPRESENTACION DE LA ENTIDAD FABRICA DE ESPONJA PLASTICA FOMTEX, SOCIEDAD ANONIMA siendo asesorado por el Abogado J.F. Quiñonez P.. Las partes son de este domicilio y civilmente capaces de comparecer a juicio.

CLASE Y TIPO DE PROCESO:

El presente proceso es de conocimiento, de naturaleza ordinaria laboral.

OBJETO DEL PROCESO:

establecer y declarar si al demandante le asiste el derecho al pago de las prestaciones que reclama. De las actuaciones se desprenden los siguientes resúmenes.

DE LOS HECHOS CONTENIDOS EN EL MEMORIAL DE DEMANDA:

Manifiesta el actor que inició relación laboral con la ahora demandada el día catorce de agosto del año mil novecientos noventa y seis y finalizó la misma el trece de abril del dos mil nueve por despido directo e injustificado, manifiesta haber desempeñado el cargo de C. General en jornada Ordinaria diurna en horario de siete horas con treinta minutos a las diecisiete treinta minutos de lunes a jueves y los viernes de las siete horas con treinta minutos a las dieciséis horas con treinta minutos, continua manifestando que devengó un salario de Quince mil doscientos quetzales exactos. Por lo cual, acude al órgano jurisdiccional a solicitar el pago de las prestaciones laborales correspondientes. El actor hizo sus peticiones de trámite y de fondo de conformidad con la ley y ofreció sus medios de prueba.

DE LA CONTESTACION DE LA DEMANDA:

La Entidad demandada a través de su Mandatario, contestó la demanda en sentido negativo e interpuso las excepciones P. siguientes: a) De Falsedad de la fecha de inicio de la Relación laboral; b) De finalización de la relación laboral con el demandante por despido directo y justificado; y c) De improcedencia de la indemnización por tiempo servido. La demandada a través de su Mandatario, ofreció sus medios de prueba.

HECHOS SUJETOS A PRUEBA:

a) La terminación del contrato de trabajo por causa injustificada; b) Si el actor tiene derecho al pago de las prestaciones que reclama, por parte de la demandada.

DE LAS PRUEBAS OFRECIDAS, APORTADAS Y DILIGENCIADAS:

POR LA PARTE ACTORA: a) DOCUMENTAL: 1) Copia simple de su cédula de vecindad número de orden A GUION UNO y DE REGISTRO SESENTA Y SIETE MIL CIENTO DOS, extendida por el alcalde municipal de Mixco departamento de Guatemala (folios 11 al 14); 2) Acta de adjudicación C UNO GUION DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS GUION DOS MIL NUEVE emitida por el I.J.F. CanizC. de fecha quince de abril del dos mil nueve (folio 15); 3) Acta de adjudicación C GUION UNO GUION DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS GUION DOS MIL NUEVE emitida por el I. Maynor EudaldoE.A., de fecha V. de mayo del año dos mil nueve (FOLIO 16) b) CONFESION JUDICIAL: la cual prestó la demandada en base al pliego de posiciones presentado por el actor (folio 158 y 159); QUE DEBIO EXHIBIR LA PARTE DEMANDADA: 1) Copia del contrato de trabajo escrito, suscrito entre ambas partes el cual fue exhibido por la demandada; 2) Libros de salarios de la demandada del tiempo que duró la relación los cuales fueron exhibidos por la demandada; 3) Libros de Contabilidad de la demandada del período que duró la relación laboral, los cuales fueron exhibidos; 4) Duplicado de las planillas presentadas al INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL las cuales pone a la vista y abarcan los últimos seis meses de la relación laboral; 5) Fotocopia simple del Reglamento...

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