Sentencia nº 302-2006 de Sala 2ª de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, 2 de Octubre de 2006

Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2006
EmisorSala Segunda de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social

02/10/2006 – TRABAJO

302-2006

Ordinario Laboral 302-2006 –Magistrado Presidente- Oficial 3º. Julio René O.M. en contra de María J.P.M.

SALA SEGUNDA DE LA CORTE DE APELACIONES DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL: Guatemala, dos de octubre del año dos mil seis. ----------

En apelación y con sus antecedentes se examina la sentencia de fecha once de abril del año dos mil seis, dictada por el Juez de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia del departamento de Chimaltenango, en el Juicio Ordinario Laboral promovido por J.R.;O.M. en la calidad con que actúa en contra de la señora María J.P.M., en la que se declara: “I) REBELDE a la parte actora, señora MARÍA J.P.M.; II) SIN LUGAR LA DEMANDA ORDINARIA LABORAL, promovida por JULIO RENE OSEIDA MORALES, en calidad de M. General Judicial con Representación del señor VALERIO COTZOJAY, único apellido, en contra de la señora MARÍA J.P.M., por las razones anteriormente consideradas; III) No se condena a la parte demandada, señora MARÍA J.P.M., el pago de las costas judiciales, por las razones consideradas; IV) Como consecuencia, al estar firme el presente fallo, levántese las medidas precautorias decretadas dentro del presente proceso. V) Notifíquese.

DE LOS RESUMENES DE LA SENTENCIA: Estos se encuentran de acuerdo a las constancias del proceso, por lo que no se les hace rectificación alguna. -

DE LOS MEDIOS DE PRUEBA APORTADOS POR LAS PARTES: a) D., la que fue individualizada oportunamente y se encuentra obrante en autos; b) Confesión Judicial de la demandada, quien por su incomparecencia a J.O., fue declarada confesa del pliego de posiciones presentado por el demandante; b) Declaración de los testigos propuestos. Por la parte demandada no se aportó ningún medio de prueba en virtud de no haber comparecido a la audiencia fijada para la celebración del Juicio Oral. -----

DE LO ACTUADO EN ESTA INSTANCIA: Se concedió audiencia por cuarenta y ocho horas a la parte recurrente para que manifestara los motivos de su inconformidad con la sentencia impugnada, habiendo evacuada dicha audiencia oportunamente. El día de la vista solo la demandada presentó su alegato de mérito. ---------------------------------------------------------------------------------

CONSIDERANDO: Que el A.J.R.;O.M., actuando como mandatario judicial del señor VALERIO COTZOJAY, apela la sentencia de primer grado, pues la señora jueza a quo, declaró sin...

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