Sentencia nº 20-2006 de Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Cobán, 9 de Agosto de 2006

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2006
EmisorSala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Cobán

09/08/2006 – APELACION

20-2006

J/Ordinario Laboral No. 020-2006.Of.1º.-Not.1º. (Sala).

J/Instancia Ramo Laboral No. 150-2005.Of.1º. (Cobán, A.V.).

SALA REGIONAL MIXTA DE

LA CORTE DE

APELACIONES DE COBAN. COBAN, ALTA VERAPAZ: NUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL SEIS.

La Sala Regional

Mixta de

la Corte

de Apelaciones del Organismo Judicial de Guatemala, con sede en la ciudad de Cobán, Alta Verapaz, integrada por los Magistrados Doctor Luís Alexis Calderón Maldonado, Presidente, Abogados S.A.P.C.ñeda y J.;A.R.O., Vocales Uno y Dos, respectivamente, en virtud de recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia de fecha veinticuatro de mayo del presente año, emiten la siguiente sentencia en la cual ha sido ponente el Licenciado Pineda Castañeda, quien expresa el parecer de esta Sala como sigue:

En APELACIÓN y con sus antecedentes se examina

la SENTENCIA

de fecha veinticuatro de mayo de dos mil seis, dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y DE FAMILIA DE ALTA VERAPAZ, dentro del JUICIO ORDINARIO LABORAL que promueve S.B.T. TOT, en contra de H.R.S.C., en la que en su apartado correspondiente, al resolver, DECLARA: I) CON LUGAR

LA DEMANDA ORDINARIA

LABORAL promovida por SERGIO BENJAMÍN TOT TOT, en contra de H.R.S.C., en consecuencia de lo anterior el demandado debe pagarle al demandante lo siguiente; a) INDEMNIZACION: por la cantidad de: TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO QUETZALES; b) BONIFICACIÓN ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO; por la cantidad de: UN MIL QUETZALES: c) AGUINALDO, por la cantidad de: UN MIL QUETZALES; d) VACACIONES por la cantidad de: UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA QUETZALES; e) REAJUSTE SALARIAL: por la cantidad de: DOCE MIL QUETZALES; f) DAÑOS Y PERJUICIOS: de conformidad con la ley; II) Al estar firme el presente fallo, practíquese la liquidación correspondiente; IV) Notifíquese.

HECHOS RELACIONADOS EN

LA SENTENCIA APELADA.

Los hechos expuestos por las partes en su memorial de demanda y contestación, así como sus pretensiones aparecen consignadas correctamente y son congruentes, por lo que esta Instancia no hace modificación o rectificación alguna.-

PUNTOS LITIGIOSOS DENTRO DEL PROCESO.

Se sujetaron a prueba los siguientes hechos: a) si hubo relación laboral entre las partes; b) si hubo despido directo e injustificado por parte del...

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