Sentencia nº 23-2010 de Juzgado Cuarto de Trabajo, 13 de Abril de 2010

Fecha de Resolución13 de Abril de 2010
EmisorJuzgado Cuarto de Trabajo

13/04/2010 – LABORAL

23-2010

JUZGADO CUARTO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. Guatemala, trece de abril de dos mil diez.

Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA dentro del Juicio Ordinario Laboral promovido por ORBELINA LÁZARO GALICIA en contra de H.G., SOCIEDAD ANÓNIMA. La actora es de datos de identificación personal conocidos en autos, civilmente capaz para comparecer a juicio y fue asesorada por el Abogado Marco Antonio Quiñ ónezF.. La parte demandada fue representada por S.J.O. Seijas de Chan quien compareció en calidad de Gerente de Relaciones Obrero Patronales y R.L., quien fue asesorada por la Abogada A.J. ChanO. de R.. El objeto del presente juicio es conocer y resolver el derecho que tiene o no la actora a lo pretendido en la presente demanda, siendo su naturaleza la Vía Ordinaria Oral Laboral. Del estudio de los autos se desprenden los siguientes resúmenes.

DEL CONTENIDO DE LA DEMANDA:

Manifiesta la actora que inició su relación laboral con la parte demandada el día veinticuatro de abril de dos mil ocho, la cual finalizó el día nueve de junio de dos mil nueve por renuncia. Habiéndose desempeñado en el puesto de despitadora en la sede de la entidad demandada, con una jornada de labores de siete a diecinueve horas de lunes a viernes, tomando una hora para almuerzo, laborando alternamente los días sábados con un horario de siete a diecisiete horas, habiendo laborado un total de dieciocho horas extraordinarias semanalmente. Devengando durante los últimos seis meses que duró la relación laboral un salario de un mil ochocientos quetzales. Por lo anterior reclama el pago de las prestaciones laborales de aguinaldo, vacaciones, bonificación anual para trabajadores del sector privado y público, bonificación incentivo en la forma proporcional indicada en la demanda, horas extraordinarias trabajadas y no pagadas y costas procesales. Ofreció las pruebas de sus aseveraciones y formuló sus peticiones de conformidad con la ley.

DEL CONTENIDO DE LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA:

La personera legal de la parte demandada, contestó la demanda en sentido negativo, argumentando que: No está de acuerdo con las pretensiones de la actora por cuanto a lo que ella reclama ya le ha sido pagado, determinando que el saldo que le resta por pagar es de dos mil trescientos sesenta y ocho quetzales con tres centavos. Ofreció las pruebas de sus aseveraciones y formuló sus peticiones de conformidad con la ley.

DE LOS HECHOS CONTROVERTIDOS:

Si a la actora le asiste el derecho al pago de las prestaciones laborales reclamadas. La negativa de la parte demandada en virtud de que ya se le pagó lo reclamado a excepción de la cantidad de dos mil trescientos sesenta y ocho quetzales con tres centavos.

DE LAS PRUEBAS APORTADAS AL JUICIO:

POR LA PARTE ACTORA: a) Exhibición de libro de salarios o planillas, folio doce;...

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