Sentencia nº 24-2013 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Cobán, Alta Verapaz, 10 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2013
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Cobán, Alta Verapaz

10/05/2013 - LABORAL

24-2013

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE LO ECONÓMICO COACTIVO, ALTA VERAPAZ; COBAN, DIEZ DE MAYO DE DOS MIL TRECE.

Se tiene a la vista para dictar sentencia en el expediente laboral arriba identificado, promovido por M. Quileb Xol, en contra de

la

Municipalidad

de San Juan Chamelco, Alta Verapaz, a través de su representante legal. La parte demandante actuó con la asesoría y auxilio profesional del abogado J.G.M.O.;ñez; por parte de la entidad demandada no compareció su representante legal. El objeto de la demanda promovida por el actor es el pago de: indemnización por daños y perjuicios, aguinaldo, bonificación incentivo, bonificación anual, compensación de vacaciones y daños y perjuicios.

Resumen del memorial de demanda: Indicó el actor que inició su relación laboral mediante contrato individual de trabajo escrito e indefinido con la entidad demandada, el uno de abril del año dos mil cuatro, que laboró como promotor de desarrollo rural; en jornada de lunes a viernes de ocho a dieciséis horas; devengando un salario promedio mensual de tres mil quetzales; el cual finalizó el veintiocho de diciembre del año dos mil doce, por despido directo e injustificado de parte del representante legal de la entidad demandada; por lo que solicita por medio de la presente demanda, le sean pagadas las siguientes prestaciones: a) indemnización; b) aguinaldo; c) bonificación incentivo; d) bonificación anual para trabajadores del sector privado y público; e) compensación de vacaciones; y f) daños y perjuicios.

De la audiencia de juicio oral y contestación de la demanda: Con fecha veintiséis de febrero del año dos mil trece, se celebró la audiencia de juicio oral respectiva, en la cual únicamente compareció el actor, no así la parte demandada, no obstante haber sido notificada legalmente y con la debida antelación como consta en autos, ni justificó su inasistencia, por lo que a petición de parte y en cumplimiento a los apercibimientos hechos en su oportunidad fue declarada su rebeldía. De las pruebas aportadas al juicio: dentro del presente juicio se recibieron únicamente las pruebas presentadas por el actor, siendo éstas: I) confesión judicial: en virtud de que la entidad demanda es una municipalidad, se le hizo llegar la plica que contenía las posiciones debidamente calificadas, las cuales debían ser presentadas mediante informe...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR