Sentencia nº 34-2005 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de San Marcos, 4 de Enero de 2006

Fecha de Resolución 4 de Enero de 2006
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de San Marcos

04/01/2006 – LABORAL

34-2005

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE FAMILIA, SAN MARCOS, CUATRO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA, el Juicio Ordinario Laboral promovido por: F.W.; LOPEZR., vecino del Municipio de San Pedro Sacatepéquez de este departamento, señaló para recibir notificaciones la octava avenida siete guión cuarenta y nueve de la zona dos de esta ciudad de San Marcos, accionó con el Auxilio y Dirección del Abogado: W.O.A.R., y con

la Procuración

de

la

Bachiller

: S. MarinetA.F., Asesor Jurídico y P., respectivamente, del Bufete Popular de

la Universidad

de San Carlos de Guatemala, en contra de la entidad demandada: IGLESIA EVANGELICA NACIONAL PRESBITERIANA DE GUATEMALA, PROGRAMA PRESBITERIANO DE DIACONIA, a través de su R.L., quien no compareció a juicio, por lo que el mismo se le siguió en su rebeldía, notificándosele por lo estrados de este juzgado, del estudio de los autos vienen:

RESUMEN DE

LA DEMANDA

: Mediante memorial compareció a este juzgado el actor: F.W.L.R., iniciando demanda ordinaria laboral por despido directo e injustificado, y pago de prestaciones laborales, en contra de la entidad IGLESIA EVANGELICA NACIONAL PRESBITERIANA DE GUATEMALA, PROGRAMA DE DIACONIA, a través de su R.L., mediante los siguientes HECHOS: a) Que en el programa presbiteriano de DIACONIA; ubicado en diagonal dos, tres guión doce de la zona cinco del Municipio y departamento de Quetzaltenango, inició su relación laboral el día dos de enero del año dos mil tres, mediante contrato individual de trabajo celebrado en forma escrita el trece de enero del año dos mil tres, con duración hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil tres, con el Director señor: J.C.M., ante los oficios del Abogado y Notario, Licenciado C.G.;mezH.;ndez, iniciando nuevamente su relación laboral el dos de enero de año dos mil cuatro, mediante contrato verbal, celebrado con el actual Director debidamente constituido señor: A.V.G.C., b) que con la demandada ejerció el cargo de Coordinador del Area de Salud, desempeñando los servicios de: elaborar planes operativos anuales y planes mensuales, elaborar y presentar informes anuales y mensuales, coordinar con grupos locales la programación de actividades, capacitaciones de líderes y liderezas de las comunidades en las áreas de salud preventiva y en casos especiales curativos, en el uso y mantenimiento de letrinas aboneras y filtros, producción y aplicación de plantas medicinales, elaboración de medicamentos naturales, buscar y definir la coordinación con Instituciones del Estado y Privadas con relación a diferentes actividades de trabajo, c) Que devengó el salario de DOS MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS, MÁS BONIFACION INCENTIVO DE DOSCIENTOS CINCUENTA QUETZALES, que le eran cancelados cada fin de mes en la oficina del programa presbiteriano DIACONIA, ubicada en la ciudad de Quetzaltenango, d) que la jornada de trabajo a la que estaba sujeto era de lunes a viernes, ocho horas diarias, a partir del dos de enero del año dos mil tres, e) que sus servicios los prestó en diferentes Municipios y departamentos de

la República

de Guatemala, no teniendo un lugar específico de trabajo, por la naturaleza del mismo, f) que el uno de julio del dos mil cinco, fue despedido en forma directa e injustificada por una comisión designada del programa presbiteriano de DIACONIA, indicándole que por orden del Director señor: A.V.G.; CIFUENTES, y basándose en una carta de quejas que suscribió y que erróneamente lo interpretaron como su renuncia, ya no eran necesario sus servicios, g) Que reclama las prestaciones laborales de: indemnización, aguinaldo proporcional, bonificación anual, vacaciones en forma proporcional, bonificación incentivo, viáticos, ventajas económicas, salarios retenidos y daños y perjuicios. Fundamentó su derecho, ofreció pruebas e hizo su petición respectiva.

RESUMEN DE

LA ADMISIÓN DE

LA DEMANDA Y

COMPARECENCIA A JUICIO ORAL: Este juzgado mediante resolución de fecha veinticuatro de agosto del año dos mil cinco, fijó la audiencia de Juicio oral Laboral, misma que no se llevo a cabo, habiéndose señalado audiencia para el...

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