Sentencia nº 58-2013 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Cobán, Alta Verapaz, 28 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2013
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Cobán, Alta Verapaz

28/05/2013 - LABORAL

58-2013

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE LO ECONÓMICO COACTIVO, ALTA VERAPAZ; COBAN, VEINTIOCHO DE MAYO DE DOS MIL TRECE .

Se tiene a la vista para dictar sentencia el expediente laboral arriba identificado, promovido por W. Caal Chamam en contra de H.E. Ac Choc, ambas partes de este domicilio. El demandante actuó bajo la asesoría y dirección de la abogada M.M. ChocoojP. y la procuración de la bachiller T.F. Chó Tux, por su parte el demandado actuó sin auxilio profesional. El objeto de la demanda promovida por el actor es el pago de las siguientes prestaciones laborales: a) indemnización por tiempo de servicio. b) compensación de vacaciones; c) aguinaldo; d) bonificación anual para trabajadores del sector privado y público; e) bonificación incentivo f) reajuste salarial; y g) daños y perjuicios.

Resumen del memorial de demanda: indicó el actor que inició relación laboral mediante contrato individual de trabajo verbal e indefinido con el demandado, el quince de septiembre del año dos mil nueve, que laboró como elaborador de sellos hule, en la empresa “Cobán Impresos”, propiedad del demandado, en jornada de trabajo de lunes a viernes de ocho a trece treinta horas y de quince a diecinueve horas, devengaba un salario promedio mensual durante los últimos seis meses de un mil cuatrocientos quetzales mensuales y que la relación laboral finalizó el treinta y uno de octubre del año dos mil doce, por despido directo e injustificado por parte del demandado. Por lo que solicita el pago de las prestaciones laborales a que tiene derecho de conformidad con la ley consistentes en: a) indemnización por tiempo de servicio.; b) compensación de vacaciones; c) aguinaldo; d) bonificación anual para trabajadores del sector privado y público; e) bonificación incentivo f) reajuste salarial; y g) daños y perjuicios.

De la audiencia de juicio oral y contestación de la demanda : con fecha veintitrés de abril del año dos mil trece, se celebró la audiencia de juicio oral respectiva, en la cual el demandado contestó la demanda en sentido negativo en forma verbal, manifestó que él contrató al actor únicamente para elaborar sellos de hule, pagándole diez quetzales por sello, porque esa no es su actividad principal, que el actor llegó a pedirle trabajo para que lo apoyara de esa manera, porque estaba estudiando y que nadie le ayudaba, por lo que le dio la oportunidad de que hiciera los sellos y en al día hacia aproximadamente tres o cuatro sellos, cuando había trabajo y cuando no había trabajo no hacia nada. También manifiesta que nunca despidió al actor y lo que sucedió fue que el treinta y...

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