Sentencia nº 251-2008 de Sala 1ª de la Corte de Apelaciones de Trabajo, 9 de Diciembre de 2008
Fecha de Resolución | 9 de Diciembre de 2008 |
Emisor | Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo |
09/12/2008 LABORAL
251-2008
No. 01086-2008-00251 Oficial 4to. Notificador 2do.M.T. CHAVEZ PEREZ contra INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL.
SALA PRIMERA DE
LA CORTE DE
APELACIONES DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL: Guatemala, nueve de diciembre de dos mil ocho.
En apelación y con sus antecedentes se examina la sentencia de fecha ocho de julio de dos mil ocho, dictada por el Juzgado Cuarto de Trabajo y Previsión Social de
la Primera Zona
Económica, en el proceso ordinario laboral, promovido por M.T. CHAVEZ PEREZ contra INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL.
RESUMEN DEL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA: El Juez de primer grado declaro: I) CON LUGAR la excepción perentoria de PRESCRIPCIÓN EN EL DERECHO Y CADUCIDAD DE
LA
ACCION DE
LA ACTORA PARA
DEMANDAR A MI REPRESENTADO, opuesta por el Instituto demandado; II) SIN LUGAR la demanda ordinaria laboral promovida por M.T. CHAVEZ PEREZ en contra del INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL, en consecuencia se absuelve a este último de las pretensiones del actor. III). Por innecesario y haberse acogido la anterior excepción no se emite pronunciamiento en cuanto a las excepciones perentorias de FALTA DE OBLIGATORIEDAD DE MI REPRESENTADO INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ACOGER A
LA ACTORA DENTRO
DEL PROGRAMA DE INVALIDEZ VEJEZ Y SOBREVIVENCIA ESPECÍFICAMENTE EN EL RIESGO DE SOBREVIVENCIA y FALTA DE CUMPLIMIENTO DE
LA
CONDICION A
QUE ESTA SUJETO EL DERECHO QUE PRETENDE HACER VALER
LA ACTORA
, opuestas por el Instituto demandado; IV) NOTIFIQUESE.
PUNTOS DEL OBJETO DEL PROCESO: La actora reclama ser acogida dentro del programa de INVALIDEZ, VEJEZ Y SOBREVIVENCIA, específicamente en el riesgo de sobrevivencia.
EXTRACTO DE LAS PRUEBAS APORTADAS AL PROCESO: Por la parte demandante: Documentos, presunciones legales y humanas. Por la parte demandada: Documentos, presunciones legales y humanas.
DE LOS ALEGATOS DE LAS PARTES: Se concedió audiencia por cuarenta y ocho horas a la parte recurrente a efecto de que expresara los motivos de su inconformidad y al respecto manifestó que, en el cuerpo de la sentencia se manifiesta que se me notificó la resolución en la cual se me deniega la cobertura solicitada el DIECISIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE, lo cual no es cierto ya que de conformidad con la copia que acompaña mi demanda es clara al indicar que se me notificó el DIECISIETE DE...
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