Sentencia nº 259-2008 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Huehuetenango, 16 de Diciembre de 2010
Fecha de Resolución | 16 de Diciembre de 2010 |
Emisor | Juzgado de Primera Instancia de Trabajo de Huehuetenango |
16/12/2010 LABORAL
259-2008
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE HUEHUETENANGO; DIECISÉIS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
Se tiene a la vista para dictar sentencia el juicio ORDINARIO LABORAL POR DESPIDO DIRECTO E INJUSTIFICADO, PAGO DE PRESTACIONES LABORALES, promovido por el señor: J.L.R.;GUEZH.;NDEZ, en contra del señor: M.A. RALDAF., propietario de la empresa: R. T. INGENIERÍA Y SERVICIOS. Las partes son hábiles para comparecer a juicio. El actor actúa bajo el auxilio y dirección de los Abogados S.F.;lix Villatoro y José J. AlvaH., quienes actúan en forma conjunta, separada e indistintamente, y con la procuración de L.R. TánchezG.;a, y recibe notificaciones en la quinta calle nueve guión cincuenta y uno zona uno de esta ciudad. El demandado no señaló lugar para recibir notificaciones ya que no compareció a juicio. Se señalo audiencia para que las partes comparecieran a juicio, para el día catorce de diciembre del año dos mil diez, en donde la parte demandada no obstante encontrarse legalmente notificada para comparecer a la audiencia señalada, no asistió a la misma, sin justificar su inasistencia a la misma, y analizado el procedimiento deviene:
CLASE Y TIPO DE JUICIO:
Por la naturaleza el asunto se ventiló dentro de los juicios de conocimiento, específicamente la Vía Ordinaria Laboral.
OBJETO DEL JUICIO:
Es el pago de las prestaciones laborales: INDEMNIZACIÓN, AGUINALDO, BONIFICACIÓN INCENTIVO, BONIFICACIÓN ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO, VACACIONES.
DEL CONTENIDO DE LA DEMANDA:
Con fecha veintiocho de agosto del año dos mil ocho, la parte actora presenta en este Juzgado demanda en la Vía Ordinaria Laboral por despido directo e injustificado y pago de prestaciones laborales, en contra del señor: M.A. RALDAF., propietario de la empresa: R. T. INGENIERÍA Y SERVICIOS, dándosele trámite legal correspondiente el día veinticuatro de octubre del año dos mil ocho, en la demanda hizo exposición de hechos ofreció pruebas y realizó su petición conforme a derecho, manifestando que: I) INICIO DE LA RELACION LABORAL: inició relación laboral con el demandado señor: M.A. RALDAF., propietario de la empresa: R. T. INGENIERÍA Y SERVICIOS, el dos de enero del año dos mil seis, mediante contrato verbal. II) DEL LUGAR Y DEL TRABAJO DESEMPEÑADO: Para trabajar como Supervisor de Campo en los municipios de S.A. Huista y J. del departamento de Huehuetenango. III) DEL SALARIO DEVENGADO: devengaba un salario mensual de mil quinientos quetzales exactos. IV) DEL HORARIO Y DE LA JORNADA DE TRABAJO: L. en jornada diurna en un horario de: siete de la mañana a diecisiete horas de lunes a viernes. V) DE LA TERMINACION DE LA RELACION LABORAL: el día treinta de noviembre del año dos mil siete fue despedido en forma verbal por el ahora demandado. VI) DEL TIEMPO QUE DURO LA RELACION LABORAL: Duró un año con diez meses. VII) DE LAS PRESTACIONES CUYO PAGO RECLAMA DENTRO DEL PRESENTE JUICIO: a) Indemnización: por todo el tiempo laborado con el señor: M.A. RaldaF., propietario de la empresa R. T. INGENIERÍA Y SERVICIOS que comprende del dos de enero del año dos mil seis al treinta de noviembre del año dos mil siete. b) A.; por todo el tiempo laborado con el señor: M.A. RaldaF., propietario de la empresa R. T. INGENIERÍA Y SERVICIOS que comprende del dos de enero del año dos mil seis al treinta de noviembre del año dos mil siete. c) Bonificación Incentivo: por todo el tiempo laborado con el señor: M.A. RaldaF., propietario de la empresa R. T. INGENIERÍA Y SERVICIOS que comprende del dos de enero del año dos mil seis al treinta de noviembre del año dos mil siete. d) Bonificación anual para trabajadores del sector privado y público: por todo el tiempo laborado con el señor: M.A. RaldaF., propietario de la empresa R. T. INGENIERÍA Y SERVICIOS que comprende del dos de enero del año dos mil seis al treinta de noviembre del año dos mil siete. e) Vacaciones: por todo el tiempo laborado con el señor: M.A. RaldaF., propietario de la empresa R. T. INGENIERÍA Y SERVICIOS que comprende del dos de enero del año dos mil seis al treinta de noviembre del año dos mil siete. Además citó fundamento de derecho e hizo la petición respectiva, y en la de fondo solicitó: Que llegado el momento procesal oportuno, se dicte la sentencia que en derecho corresponde, declarando: a) CON LUGAR LA DEMANDA ORDINARIA LABORAL...
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