Sentencia nº 261-2010 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Huehuetenango, 28 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2011
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Huehuetenango

28/02/2011 – LABORAL

261-2010

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DE LA CIUDAD DE HUEHUETENANGO; VEINTIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL ONCE.

Se tiene a la vista para dictar sentencia del JUICIO ORDINARIO LABORAL POR DESPIDO DIRECTO e INJUSTIFICADO, PAGO DE PRESTACIONES LABORALES Y DAÑOS Y PERJUICIOS promovido por la señora: L.A..H..G., en contra de la señora E.F..D.L.R.D.M. como propietaria de la tienda denominada G.. Las partes son hábiles para comparecer a juicio. La actora actúa bajo su propio auxilio y dirección y recibe notificaciones en aldea San Lorenzo cien metros arriba del puesto de salud casa de adobe, de la ciudad de Huehuetenango. La demandada no señaló lugar para recibir notificaciones toda vez que no compareció a juicio. Se señalo audiencia para que las partes comparecieran a juicio, para el día dieciséis de febrero del año dos mil once a las once horas, en donde la parte demandada no obstante encontrarse legalmente notificada para comparecer a la audiencia señalada, no asistió a la misma, sin justificar su inasistencia y analizado el procedimiento deviene:

CLASE Y TIPO DE JUICIO:

Por la naturaleza el asunto se ventiló dentro de los juicios de conocimiento, específicamente la Vía Ordinaria Laboral.

OBJETO DEL JUICIO:

Es el pago de las prestaciones laborales: INDEMNIZACIÓN, VACACIONES, A., BONIFICACIÓN ANUAL y DAÑOS Y PERJUICIOS.

DEL CONTENIDO DE LA DEMANDA:

Con fecha: veintinueve de diciembre del año dos mil diez, la parte actora presenta en este Juzgado demanda en la Vía Ordinaria Laboral por despido directo e injustificado, pago de prestaciones laborales, y Daños y P. en contra de la señora E.F..D.L.R.D.M. como propietaria del negocio denominado tienda G.: dándosele trámite legal correspondiente el día veintinueve de diciembre del año dos mil diez, en la demanda hizo exposición de hechos, ofreció pruebas y realizó su petición conforme a derecho, manifestando que: “1. DE LA CALIDAD CON QUE ACTUA: El Compareciente actúa por si misma y en su propia representación. 2. DE LA RELACION LABORAL: a) La señora L.A..H..G. inicio relación laboral con la demandada el día cuatro de mayo del año dos mil ocho por medio de contrato verbal. 3. DEL TRABAJO DESEMPEÑADO: Desempeñaba el puesto de cocinera en el negocio de la demandada denominado “tienda G.”. 4. DE LA JORNADA DE TRABAJO: el horario de trabajo desempeñado era de: de ocho horas a las diecisiete horas de lunes a sábado. 5. DEL SALARIO DEVENGADO: El salario devengado durante el tiempo laborado fue de MIL DOSCIENTOS QUETZALES PAGADEROS EN FORMA SEMANAL. 6. DE LA TERMINACION DE LA RELACION LABORAL: Indica la compareciente: “Que el día dieciséis de diciembre del año dos mil diez fue despedida en forma directa por la señora E.F..D.L.R.D...M. quien la saco del trabajo para evitar darme mis prestaciones de fin de año.”. 7. ---DE LAS PRESTACIONES QUE RECLAMA: Por la relación laboral sostenida con la parte demandada y el despido de que han sido objeto: me asiste el derecho al pago de lo siguiente: A) INDEMNIZACION: Por el término que duró nuestra relación laboral de dos años siete meses y doce días la cantidad de TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES QUETZALES CON TREINTA Y TRES CENTAVOS. B) BONIFICACION ANUAL: Por el término que duró nuestra relación laboral de dos años siete meses y doce días la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS. C) A.: Por el término que duró nuestra relación laboral de dos años siete meses y doce días la cantidad DOS MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS. D) VACACIONES: Por el término que duró nuestra relación laboral de dos años siete meses y doce días la cantidad de MIL QUINIENTOS SETENTA QUETZALES EXACTOS. E) DAÑOS Y PERJUICIOS: los salarios dejados de percibir desde el momento del despido hasta el pago de las prestaciones laborales. Además citó fundamento de derecho e hizo la petición respectiva, y en la de fondo solicitó: A. Que llegado el momento procesal se declare CON LUGAR la presente demanda de JUICIO ORDINARIO LABORAL POR DESPIDO DIRECTO E INJUSTIFICADO, PAGO DE PRESTACIONES LABORALES Y DAÑOS Y PERJUICIOS que promueve la señora L.A..H..G. en contra de su ex empleadora la señora E.F..D.L.R.D.M.; y consecuentemente se condene a la parte demandada señora E.F..D.L.R.D...M. al pago de las prestaciones laborales, reclamadas a favor de la señora L.A..H..G.: A) INDEMNIZACION: Por el término que duró nuestra relación laboral de dos años siete meses y doce días la cantidad de TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES QUETZALES CON TREINTA Y TRES CENTAVOS. B) BONIFICACION ANUAL: Por el término que duró nuestra relación laboral de dos años siete meses y doce días la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS. C) A.: Por el término que duró nuestra relación laboral de dos años siete meses y doce días la cantidad DOS MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS. D) VACACIONES: Por el término que duró nuestra relación laboral de dos años siete meses y doce días la cantidad de MIL QUINIENTOS SETENTA QUETZALES EXACTOS. E) DAÑOS Y PERJUICIOS: los salarios dejados de percibir desde el momento del despido hasta el pago de las prestaciones laborales.

DE LA CONTESTACION DE LA DEMANDA:

Citadas las partes a juicio oral en audiencia para el día dieciséis de febrero del año dos mil once a las once horas a la que se presentó la parte actora, no así la parte demandada quien no obstante haberle hecho los apercibimientos de ley y estar legalmente notificada según cedula de notificación numero trece mil cuatro guión ciento cuarenta millones ciento cinco mil cuatrocientos setenta y cuatro procedente del Centro de Servicios Auxiliares de la administración de Justicia de esta ciudad de Huehuetenango fechada veintiocho de enero de dos mil once; la demandada no justifico su inasistencia de conformidad con la ley, ni contestó la demanda que en su contra fue promovida. Por lo que la actora ratifica su demanda en todos los hechos vertidos en ella por lo que en audiencia fue diligenciada la prueba propuesta.

DE LAS EXCEPCIONES INTERPUESTAS:

No existe planteamiento de excepciones que analizar y resolver en el presente fallo toda vez que la demandada E.F..D.L.R.D.M. en su calidad de propietaria de la tienda denominada G. en ningún momento contesto la demanda ni interpuso excepción alguna.

DE LOS HECHOS SUJETOS A PRUEBA:

a) Existencia del vínculo laboral que une a la actora con la parte demandada; b) Si el despido se dio en forma directa e injustificada; c) La falta...

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