Sentencia nº 368-2008 de Sala 2ª de la Corte de Apelaciones de Trabajo, 24 de Octubre de 2008

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2008
EmisorSala Segunda de la Corte de Apelaciones de Trabajo

24/10/2008 – LABORAL

368-2008

Proceso No. 368-2008. Oficial. 2º. W. JEANETH REYNOSO MÉNDEZ contra HOTEL LAS AMERICAS, SOCIEDAD ANÓNIMA.

SALA SEGUNDA DE

LA CORTE DE

APELACIONES DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. Guatemala, veinticuatro de octubre de dos mil ocho.

En APELACIÓN, con sus antecedentes se examina la sentencia de fecha cuatro de febrero de dos mil ocho, proferida por el Juez Primero de Trabajo y Previsión Social en el Juicio Ordinario Laboral número seiscientos sesenta y siete guión dos mil cuatro (667-2004) a cargo del Oficial Segundo, promovido por W. JEANETH REYNOSO MÉNDEZ contra HOTEL LAS AMERICAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, en la que al resolver se declara: “I. SIN LUGAR las excepciones perentorias de INCONGRUENCIA DE LOS HECHOS EXPUESTOS EN

LA DEMANDA Y

FALTA DE ACCIÓN AL RECLAMAR PRESTACIONES LABORALES IMPROCEDENTES, por las razones consideradas. II) CON LUGAR la excepción perentoria de FALTA DE VERACIDAD EN EL CALCULO DE PRESTACIONES LABORALES RECLAMADAS, interpuesta por la demandada III) CON LUGAR PARCIALMENTE la demanda ordinaria laboral promovida por Q. JEANETH REYNOSOM.;NDEZ en contra de la entidad HOTEL LAS AMERICAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, a quién se le condena a pagar dentro del tercer día de encontrarse firme el presente fallo las prestaciones laborales siguientes: indemnización, vacaciones, aguinaldo, bonificación anual para los trabajadores del sector privado y público, bonificación incentivo todas estas prestaciones por el periodo del dieciséis de noviembre del año dos mil dos al cuatro de octubre del año dos mil cuatro; así como los salarios pendientes de pago del periodo del uno al cuatro de octubre del año dos mil cuatro, daños y perjuicios de conformidad con la ley. IV) Las prestaciones laborales antes indicadas deberán de calcularse conforme el salario de tres mil novecientos setenta y cuatro quetzales con cincuenta y un centavos; V) SIN LUGAR PARCIALMENTE la demanda contra HOTEL LAS AMERICAS, SOCIEDAD ANÓMINA a quien se le absuelve del pago de la pretensión de ventajas económicas. VI) Se le impone a la entidad demandada la multa de CIEN QUETZALES por la no exhibición de los documentos. VII) NOTIFÍQUESE.

DE LOS RESÚMENES DE

LA SENTENCIA

:

Estos se encuentran de acuerdo a las constancias del proceso, por lo que no se les hace rectificación alguna.

RESUMEN DE LAS PRUEBAS APORTADAS A JUICIO EN PRIMERA INSTANCIA:

A) Por la parte actora: a)...

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