Sentencia nº 90-2008 de Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Zacapa - Civil y Mercantil de 8 de Octubre de 2008

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2008
EmisorSala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Zacapa

08/10/2008 – CIVIL

90-2008

SALA REGIONAL MIXTA DE

LA CORTE DE

APELACIONES DE ZACAPA; ZACAPA, OCHO DE OCTUBRE DE DEL AÑO DOS MIL OCHO.

En APELACIÓN y con sus respectivos antecedentes, se examina el contenido de

la Sentencia

de fecha DIECIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y ECONOMICO COACTIVO DEL DEPARTAMENTO DE IZABAL dentro del juicio SUMARIO INTERDICTO DE DESPOJO identificado con el número doscientos setenta y uno guión dos mil cuatro (271-2004) promovido por ALBA OLIMPIA ANZUETO CASTILLO contra B.M.Z..

RESUMEN DE

LA PARTE RESOLUTIVA

DE

LA SENTENCIA IMPUGNADA

:

En

la Sentencia

apelada el juez de primer grado DECLARÓ: “ I- SIN LUGAR las Excepciones Perentorias de a) PRESCRIPCIÓN, b) CADUCIDAD, c) FALTA DE DERECHO DE

LA ACTORA PARA

RECLAMAR EL DESPOJO, y d) INEXACTITUD EN

LA RELACIÓN DE

LOS HECHOS EN QUE FUNDA SU DEMANDA

LA ACTORA

, interpuestas por la señora B.M.Z.;AS en contra de la acción planteada por la señora ALBA OLIMPIA ANZUETO CASTILLO, por las razones consideradas. II- SIN LUGAR la demanda en Juicio SUMARIO INTERDICTO DE DESPOJO planteado por la señora ALBA OLIMPIA ANZUETO CASTILLO en contra de la señora B.M.Z.;AS, por las razones consideradas. III- No se hace condena en costas, por las razones consideradas. (Aparecen las firmas respectivas)”.

HECHOS SUJETOS A PRUEBA

Dentro del presente juicio se sometieron a prueba los siguientes hechos: a) Si la actora ha sido perturbada en la posesión del inmueble objeto de la presente litis; b) Si la demandada ha ejecutado actos que pongan de manifiesto su intención de despojar a la actora de dicho bien inmueble.

RESUMEN DE LAS PRUEBAS APORTADAS:

LA PARTE ACTORA

APORTO LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: I) DOCUMENTOS: Consistentes en a) documento incompleto, contenido en hojas de papel sellado del valor de cincuenta centavos de quetzal con números de orden D setecientos treinta y siete mil doscientos setenta y siete y D setecientos treinta y mil cuarenta y nueve; b) Fotocopia simple del documento privado, con firma legalizada por el N.S.A.V.R.;rez de fecha veintidós de septiembre del año dos mil tres, que contiene Declaración Jurada de Derechos de Posesión y Mejoras de Bien Inmueble; c) Fotocopia simple del acta notarial autorizada por el N.S.A.V.R.;rez de fecha uno de octubre del año dos mil tres, que contiene declaración bajo juramento, de los señores R.R.S., D.C.L., C.F. único apellido, R.G.;a único apellido, y F.A.M.;aC.;n; d) Fotocopia simple de la certificación del punto quinto del acta número cincuenta y siete guión dos mil tres (57-2003) del Honorable Concejo Municipal de M. del departamento de Izabal, en el cual se reconoce a la demandante como legitima posesionaria del bien inmueble objeto de litigio; f) Fotocopia del plano topográfico elaborado por el Ingeniero José Antonio Hernández Estrada de fecha junio del año dos mil dos; DECLARACION DE PARTE: De la demandada señora B.M.Z.; RECONOCIMIENTO...

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