Sentencia nº 126-2011 de Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Retalhuleu - Civil y Mercantil de 29 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2011
EmisorSala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Retalhuleu

29/09/2011 – CIVIL

126-2011

Juicio No. 212-2010 Of. 3º. Jdo.

Civil No. 126-2011 Of. 2º. Sala

SALA REGIONAL MIXTA DE

LA CORTE DE

APELACIONES DE RETALHULEU: Retalhuleu, veintinueve de septiembre de dos mil once.

En apelación y con sus respectivos antecedentes se examina la sentencia emitida por el Juez de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Retalhuleu el veinte de junio de dos mil once, dentro del juicio SUMARIO DE DESAHUCIO promovido por el señor J.A.V.J. en contra de M.P.Q.. La parte actora actúa bajo el auxilio, procuración y dirección del abogado A.R.;R. Almengor. El demandado actuó bajo el auxilio y dirección del abogado E. AdulfoM.A..

RESUMEN DE

LA SENTENCIA IMPUGNADA

:

El juez de mérito, al resolver, declaró: *** I) SIN LUGAR

LA EXCEPCION PERENTORIA

DE FALTA DE DERECHO DE

LA DEMANDANTE JUANA

ANTONIA VASQUEZ JUAREZ PARA PROMOVER

LA PRESENTE DEMANDA

opuesta por M.P.Q.; II) CON LUGAR la demanda Sumaria de desocupación promovido por J.A.V.J. en contra de M.P.Q.; II) En consecuencia, se decreta la desocupación de M.P.Q., del inmueble identificado como finca número noventa y dos mil seiscientos nueve, folio doscientos cuarenta y nueve, libro doscientos setenta y uno de Retalhuleu, ubicado en Cantón Siglo dos del municipio de Santa Cruz Mulúa, departamento de Retalhuleu, y para el efecto se le fija el plazo de quince días, bajo apercibimiento de ordenar su lanzamiento a su costa; III) No se hace especial condena en costas ***.

RECTIFICACIÓN DE LOS HECHOS RELACIONADOS CON INEXACTITUD:

Las resultas del juicio se omiten por estar correctas en el fallo que se examina, por lo que no hay nada que agregarle o corregirle.

PUNTO OBJETO DE

LA APELACIÓN

:

En el presente juicio el objeto de la apelación consiste en la pretensión de la actora J.A.V.;squezJ.;rez en que el demandado M.P.;rez Quivajá, desocupe el inmueble objeto de litis, por lo tanto verificar y si a la demandante le asisten derechos sobre el inmueble cuya desocupación pretende y si el demandado está ocupando como intruso el inmueble motivo del presente asunto.

DE LAS PRUEBAS APORTADAS Y ALEGATOS DE LAS PARTES:

En primera instancia fueron presentados los documentos siguientes: a) fotocopia autenticada del primer testimonio de la escritura pública número doscientos noventa y cuatro, autorizada por

la Notario Blanca

Estela Rodríguez Chun, el veintitrés de noviembre de dos mil nueve, otorgada por el demandado M.P.;rez Quivajá a favor de la actora J.A.V.;squezJ.;rez; b) fotocopia autenticada de la certificación extendida por el Segundo Registro de

la Propiedad

de la finca número noventa y dos mil seiscientos nueve, folio doscientos cuarenta y nueve del libro doscientos setenta y uno de Retalhuleu; c) fotocopia simple de la citación del nueve de marzo de dos mil diez firmada por

la Notario Blanca

Estela Rodríguez Chun dirigida al demandado; d) fotocopia simple del recibo extendido a favor del demandado por la cantidad de doce mil quetzales. Aparece también la declaración de parte prestada por la actora el...

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