Sentencia nº 488-2009 de Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Cobán - Civil y Mercantil de 25 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución25 de Mayo de 2010
EmisorSala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Cobán

25/05/2010 – CIVIL

488-2009

SALA REGIONAL MIXTA DE

LA CORTE DE

APELACIONES DE COBAN. Cobán, A.V., veinticinco de mayo de dos mil diez.

En virtud de recurso de apelación, interpuesto por la actora PRESENTACION XOL POP, se emite la presente sentencia como sigue:

IDENTIFICACION DE LAS PARTES:

PARTE ACTORA: La señora PRESENTACION XOL POP. Actúa con el auxilio del abogado Adrián N. Revolorio.

PARTE DEMANDADA: El señor CARLOS ANTONIO TOC CHOC. Actúa con el auxilio del Abogado G.A.S. Escalante.

TERCEROS: Los señores JOSE ALEJO ALVARADO CAC, SANTIAGO MUCU TUX, RIGOBERTO POP POP, FRANCISCO XO, UNICO APELLIDO, CONSEJO COMUNITARIO DE ALDEA SEPATA DE SAN PEDRO CARCHA, ALTA VERAPAZ, A TRAVES DE SU REPRESENTANTE LEGAL, R.X.C., ANTONIO POP, UNICO APELLIDO, SANTIAGO POP, UNICO APELLIDO, INES POP, UNICO APELLIDO, Z.E.M.P., E.B.C.Y.M.M., UNICO APELLIDO, quienes en ningún momento especificaron qué actitud procesal (dentro de las tercerías), deseaban asumir y tampoco aportaron medios de prueba.

Los señores JOSE ALEJO ALVARADO CAC, Z.E.M.P., INES POP, UNICO APELLIDO, SANTIAGO MUCU TUX, FRANCISCO XO, UNICO APELLIDO, RIGOBERTO POP POP, M.M., UNICO APELLIDO, SANTIAGO POP, UNICO APELLIDO, Y R.X.C., comparecieron con el auxilio del Abogado G.A.S. Escalante.

CLASE Y TIPO DE PROCESO:

El presente proceso se refiere a JUICIO SUMARIO INTERDICTO DE DESPOJO.

OBJETO DEL PROCESO DE SEGUNDA INSTANCIA:

Conocer y resolver el Recurso de Apelación interpuesto por la actora PRESENTACION XOL POP, en contra de la sentencia de fecha diecisiete de agosto del año dos mil nueve, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Civil del departamento de Alta Verapaz.

RESUMEN DE LAS ACTUACIONES Y DEL FALLO RECURRIDO:

A) Hechos relacionados con la sentencia apelada:

Los hechos expuestos en el memorial de demanda aparecen resumidos correctamente en la sentencia analizada. La sentencia apelada, en su parte resolutiva declaró: “I) SIN LUGAR

LA DEMANDA SUMARIA

DE INTERDICTO DE DESPOJO, que promueve PRESENTACION XOL POP, en contra de CARLOS ANTONIO TOC CHOC, por las razones anteriormente consideradas; II) En consecuencia de lo anterior, se ordena levantar

la Medida Precautoria

consistente en Anotación de demanda que recayó sobre la finca objeto de litigio, en tal virtud, líbrese el despacho respectivo; III) NO HA LUGAR, al escrito presentado por los llamados como terceros, por las razones anteriormente consideradas; IV) Se condena al pago de las costas a la parte vencida; V) Notifíquese.”

B) De las pruebas aportadas:

POR

LA PARTE ACTORA

: La parte actora aportó documentos, declaración de parte demandada, declaraciones testimoniales, reconocimiento judicial y presunciones legales y humanas, las que se describen en la sentencia de primera instancia.

POR

LA PARTE DEMANDADA

: La parte demandada no aportó prueba porque el juicio se siguió en su rebeldía.

POR PARTE DE LOS TERCEROS: No presentaron prueba ni se opusieron a las pretensiones de la actora.

C) De Los Hechos Sujetos A Prueba.

El juez de primera instancia sujetó a prueba los siguientes hechos: a) Determinar si la actora PRESENTACION XOL POP, tiene o mantuvo en posesión la parte alícuota que le corresponde del bien inmueble objeto de litigio, el cual se encuentra inscrito en el Registro General de

la Propiedad

, como finca número un mil doscientos noventa y dos (1292), folio doscientos treinta y uno (231) de libro dieciocho (18) de Alta Verapaz, situada en Aldea Bancab-Chajquej del municipio de San Pedro Carchá, Alta Verapaz; b) Determinar si el demandado C.A. TOC CHOC, desposeyó con fuerza o sin ella, a la actora PRESENTACION XOL POP, sin haber sido citada, oída y vencida en juicio de la parte alícuota que le corresponde del bien inmueble objeto de litigio; c) Determinar si procede ordenar que se restituya a la actora PRESENTACION XOL POP, de la posesión o tenencia de la parte alícuota del inmueble objeto de litigio.

D) Tramite De Segunda Instancia:

Recibidas las actuaciones en esta instancia, se le dio trámite al recurso de apelación; se confirió audiencia a la apelante para que hiciera uso del recurso, ocasión en la cual no evacuó dicha audiencia. Asimismo, se señaló audiencia para

la VISTA

, audiencia en que la parte apelante tampoco presentó sus alegatos.

CONSIDERANDO I

El Código Procesal Civil y M. establece:Art. 229 (Materia del juicio Sumario). Se tramitarán en juicio sumario: 5°-Los interdictos....;Art.233 (Contestación de la demanda). El término para contestar la demanda es de tres días, en cuya oportunidad debe el demandado interponer las excepciones perentorias que tuviere contra...

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