Sentencia nº 587-2005 de Corte de Constitucionalidad, 20 de Abril de 2005

Fecha de Resolución20 de Abril de 2005
Número de expediente587-2005

APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO EXPEDIENTE 587-2005 CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, veinte de abril de dos mil cinco. En apelación y con sus antecedentes se examina la sentencia de cuatro de octubre de dos mil cuatro, dictada por la Corte Suprema de Justicia, Cámara de Amparo y A., en el amparo promovido por M.E.C.G., contra la Sala Décimo Tercera de la Corte de Apelaciones (actualmente Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil). La postulante actuó con el patrocinio del abogado M.V.R.M.. ANTECEDENTES I. EL AMPARO A) Interposición y autoridad: presentado en la Corte Suprema de Justicia el seis de enero de dos mil cuatro. B) Acto reclamado: sentencia de once de agosto de dos mil tres, dictada por la autoridad impugnada, que confirmó la emitida por el Juez Sexto de Primera Instancia del Ramo Civil del departamento de Guatemala y, en consecuencia, declaró con lugar la demanda sumaria de desocupación promovida por J.C.G. contra la postulante. C) Violaciones que denuncia: derecho a la vida, de defensa y al debido proceso. D) Hechos que motivan el amparo: lo expuesto por la accionante se resume: a) en el Juzgado Sexto de Primera Instancia del Ramo Civil del departamento de Guatemala, J.C.G. promovió en su contra demanda sumaria de desocupación, la que fue declarada con lugar en sentencia de veintidós de agosto de dos mil dos; b) apelada esta decisión por la demandada, la Sala Décimo Tercera de la Corte de Apelaciones (actualmente Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y M. dictó la resolución de once de agosto de dos mil tres , por el que confirmó el fallo apelado. Considera vulnerados sus derechos, porque la autoridad impugnada no tomó en consideración para resolver que en el juicio de mérito había operado la excepción de cosa juzgada, pues como consta en autos, la parte actora inició con anterioridad otro proceso en el que pretendía exactamente lo mismo y fue declarado sin lugar, por lo que no podía ordenar la desocupación del inmueble que habita desde hace más de treinta años. Solicitó que se le otorgue amparo. E) Uso de recursos: aclaración. F) Casos de procedencia: invocó el contenido en el inciso a) del artículo 10 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad. G) Leyes violadas: citó los artículos y 12 de la Constitución Política de la República; 4 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad. II. TRÁMITE DEL AMPARO A) A. provisional: no se otorgó....

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