Sentencia nº 529-2000 de Corte de Constitucionalidad, 9 de Enero de 2001

Fecha de Resolución 9 de Enero de 2001
Número de expediente529-2000

G.J. Nº 59 -Apelaciones de Sentencias de Amparos Expediente No. 529-2000

Expediente No. 529-2000 APELACION DE SENTENCIA DE AMPARO CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, nueve de enero de dos mil uno. En apelación y con sus antecedentes se examina la sentencia de ocho de febrero de dos mil dictada por la Corte Suprema de Justicia, constituida en Tribunal de Amparo, en el amparo promovido por el Colegio Farmacéutico y Químico de Guatemala contra el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala y el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social. El postulante actuó con el patrocinio del abogado M.A.C.G.. ANTECEDENTES I. EL AMPARO A) Interposición y autoridad: presentado en la Corte Suprema de Justicia el veinticuatro de septiembre de mil novecientos noventa y nueve. B) Acto reclamado: convocatoria publicada en el diario Siglo Veintiuno el veintiséis de agosto de mil novecientos noventa y nueve, por la que las autoridades impugnadas convocan a participar en un proceso de selección para la adjudicación de plazas de residentes de diversas especialidades, entre ellas la de patología, que desarrollan los hospitales Roosevelt, General "S.J. de Dios", Nacional de Salud Mental, Regional de Occidente "San Juan de Dios" e Instituto Guatemalteco de Seguridad Social. C) Violación que denuncia: derecho al reconocimiento de grados, títulos, diplomas e incorporaciones universitarias. D) Hechos que motivan el amparo: lo expuesto por el postulante se resume: a) el veintiséis de agosto de mil novecientos noventa y nueve, las autoridades impugnadas publicaron una convocatoria en el diario Siglo Veintiuno para médicos y cirujanos que estuvieren interesados en participar en un proceso de selección para la adjudicación de plazas de residentes en diversas especialidades, entre las que se encuentra la de patología, que desarrollan los hospitales Roosevelt, General "S.J. de Dios", Nacional de Salud Mental, Regional de Occidente "San Juan de Dios" e Instituto Guatemalteco de Seguridad Social; b) si bien es cierto que la especialidad de patología fue aprobada por el Consejo Superior Universitario de la Universidad de S.C. de Guatemala en la Facultad de Ciencias Médicas, aún no ha sido aprobado completamente el programa de estudios de dicha especialidad de conformidad con el Reglamento del Programa de Especialidades Clínicas de la Facultad de Ciencias Médicas, en virtud de que únicamente se han aprobado dos niveles de los tres que debe comprender como mínimo el programa de estudios para las especialidades médicas; c) por ello considera que la convocatoria reclamada causa agravio al gremio de químicos biólogos, ya que en la misma únicamente se está convocando a participar a médicos y cirujanos para la especialidad de patología sin tomar en cuenta que "dicha especialidad no cuenta con programas completos debidamente aprobados por el Consejo Superior Universitario y el contenido del tercero y cuarto año afecta directamente a los Químicos Biólogos, ya que comprende materias del pensum de estudios de la carrera de Químico Biólogo. Por lo tanto, se

está interfiriendo en las actividades académicas de los profesionales antes indicados." Solicitó que se le otorgue amparo. E) Uso de recursos: ninguno. F) Casos de procedencia: invocó los contenidos en los incisos a) y d) del artículo 10 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad. G) Leyes violadas: citó el artículo 87 de la Constitución Política de la República y 1º. del Reglamento del Programa de Especialidades Clínicas de la Facultad de Ciencias Médicas. II. TRAMITE DEL AMPARO A) A. provisional: no se otorgó. B) Tercero interesado: no hubo. C) Informes circunstanciados: 1) El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social informó: a) la normativa interna del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -Acuerdo de Junta Directiva 496 y sus reformas contenidas en el Acuerdo 615 de esa misma Junta y el Acuerdo de Gerencia 1795 -regulan lo relativo a la...

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