Reglamento de la policía municipal del municipio de Zunil, del departamento de Quetzaltenango

MUNICIPALIDAD DE ZUNIL, DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO

ACTA NÚMERO 36-2020 PUNTO NOVENO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL MUNICIPIO DE ZUNIL DEL DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO CERTIFICA tener a la vista el libro de Actas de Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal, en el cual se encuentra Inscrita el ACTA NUMERO TREINTA Y SEIS GUION DOS MIL VEINTE, (36-2020), de fecha Diecinueve de Agosto de Dos Mil Veinte, (19-08-2020), que en su parte conducente y punto NOVENO literalmente se lee:

ACTA NÚMERO TREINTA Y SEIS GUION DOS MIL VEINTE (36-2020). En el Municipio de Zuníl del departamento de Quetzaltenango, siendo las Diecisiete horas en punto del Dia Diecinueve de Agosto de Dos Mil Veinte, Constituidos en el Salon de Sesiones de Concejo Municipal, ubicada en el Segundo Nivel del Palacio Municipal de la Municipalidad de Zunil, departamento de Quetzaltenango, con el objeto de Celebrar Sesión Publica Ordinaria del Honorable Concejo Municipal, de la Municipalidad del Municipio de Zunil Departamento de Quetzaltenango, sesión que es presidida por El señor Alcalde Municipal, JULIO CESAR XICAY POZ; con asistencia de los señores: Manuel Sop Xivir y Rafael Lopez Velasquez, Síndicos Municipales Primero y Segundo; Juan Cruz Carrillo Xivir, Concejal Primero; Catarino Chay Tzin, Concejal Segundo; Esteban Saturnino Huix Zapil, Concejal Tercero; Teófilo Martlniano Perez Colop, Concejal Municipal Cuarto, y El Infrascrito Secretario Municipal, el señor Carias Enrique Quiroa Hernández, para suscribir la presente, la cual se procede de la manera siguiente......NOVENO: El señor Alcalde Municipal JULIO CESAR XICAY POZ, hace del conocimiento a los señores miembros del Honorable Concejo Municipal, la importancia que tiene reglamentar el servicio que presta la Policía Municipal del municipio de Zunil del departamento de Quetzaltenango, por lo que presenta al Honorable Concejo Municipal el proyecto del reglamento, para su respectiva discusión, deliberación y demás efectos legales.

CONSIDERANDO:

Que en el ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República de Guatemala, garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellos el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos. Para el cumplimiento de sus fines que le son inherentes coordinará sus políticas con las políticas generales del Estado y en su caso, con la política especial del ramo al que corresponda. Ninguna ley o disposición legal podrá contrariar, disminuir o tergiversar la autonomía municipal establecida en la Constitución Política de la República.

CONSIDERANDO:

Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la Integridad de su patrimonio, garantizar sus Intereses con base en (os vafores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos, conforme a la disponibilidad de recursos.

CONSIDERANDO:

Que con el apoyo del equipo técnico, de la municipalidad de Zunil, se ha venido trabajando el Reglamento de la Policía Municipal del municipio de Zunil del departamento de Quetzaltenango, y que el mismo ha finalizado, por lo que es oportuna su publicación en el Diario Oficial, para su entrada en vigencia. .

CONSIDERANDO:

Que luego de la lectura, análisis, discusión y deliberación del Reglamento de la Policía Municipal del municipio de Zunil del departamento de Quetzaltenango, se establece que las normas del citado reglamento se encuentran ajustadas a derecho y a las necesidades propias de este municipio.

POR TANTO:

El Concejo Municipal, en base a lo considerado y en lo que para el efecto determinan los aríícuíos: 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 03, 09, 33, 35 Incisos a), d), e), i), n) y, v); 38, 39, 40, 41, 42 y 79 del Código Municipal; por unanimidad ACUERDA: I) Aprobar el siguiente:

REGLAMENTO DE LA POLICÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE ZUNIL DEL DEPARTAMENTO DE

QUETZALTENANGO.

CAPÍTULO I Artículos 1 a 13

DISPOSICIONES

GENERALES

Artículo 1

Objeto. H presente reglamento tiene por objeto regular los servicios de la Policía Municipal del municipio de Zunil, departamento de Quetzaltenango, que las atribuciones de esta institución se ajusten a las disposiciones legales pertinentes, a las necesidades y requerimientos del servido, a los valores, costumbres y iradidones propias de este lugar.

Artículo 2

Naturaleza. La Polida Municipal, es de carácter administrativo y profesional, de apoyo a la Alcaldía Municipal y al Juzgado de Asuntos Municipales, para el cumplimiento de sus ordenanzas. Es una institución disciplinada y apolítica, obediente y no beligerante. Estará sujeta al estrido cumplimiento de los deberes que determinan las leyes, reglamentos, ordenanzas y disposidones municipales, observando la relación jerárquica astablecida.

Arffcufo 3. Princfpíos. La policía munidpaf, Sene como principios fundamentares, ei honor de la institución. Cumplir con fidelidad, dignidad y respeto su cometido.

Artículo 4 Servicio sin interrupción

La policía municipal, prestará sus servicios sin interrupción, por lo que se crearán los turnos que sean necesarios para el cumplimiento de su función.

Artículo 5 Integración de la Policía Municipal

La Policía Municipal del municipio de Zunil, del...

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