Reglamento para el funcionamiento y administración del servicio municipal de recolección, manejo y disposición final de desechos sólidos del municipio de Ixcán, departamento de Quiché

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política de la República de Guatemala, en su articulo 97 indica que el Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social y económico que prevenga la contaminación social del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Dictando todas las normas necesarias. Le corresponde con exclusividad al Concejo Municipal fa deliberación y , aprobación de las decisiones administrativas del patrimonio e intereses del Municipio, para el efecto deberá emitir las ordenanzas o reglamentos que correspondan.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 68 inciso a) la municipalidad tiene la obligación de crear políticas que contengan planes programas relativos a la recolección, tratamientos y disposición final de desechos y residuos sólidos hasta su disposición final y e¡ articulo 102 del Código de Salud donde se preceptúa de la responsabilidad de ias municipalidades, en cuestión de desechos sólidos donde especifica que son estas las encargadas de la prestación de los servicios de limpieza, o recolección, tratamiento o disposición de los desechos sólidos de acuerdo a las ieyes específicas y en cumplimiento de las leyes aplicables.

CONSIDERANDO:

Que el crecimiento urbano y poblacional implica un previsible crecimiento de actividades domésticas, comerciales e industriales en el Munjcipio, inciden en un aumento considerable de la contaminación ambienta! lo que propicia el detrimento de la salud de la población y del propio ambiente. Y que dentro de las competencias propias del Municipio, está la recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos

POR TANTO;

Con fundamento en lp considerado y con fundamento en los articulo 1, 2, 3, 97, 253 inciso c) y de la Constitución Política de la República de Guatemala, y Artículos 2, 3, 6. 7, 9, 33, 3-4, 35, 67, 68 inciso a) 99, 142, 147 y 151, del Decreto 12-2002 Código Municipal, 102 del Código de Salud decreto 90-97 y el Acuerdo Gubernativo número 189-2019.

ACUERDA:

Aprobar el siguiente:

REGLAMENTO RARA EL FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE RECOLECCION, MANEJO, Y DISPOSICION FINAL DE DESECHOS SÓUDQS DEL MUNICIPIO DE IXCÁN

DEPARTAMENTO DE QUICHE

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 y 2
CAPITULO I Artículos 1 y 2

GENERALIDADES Y DEFINICIONES

Artículo 1 Ámbito de aplicación

El presenté Reglamento es de observancia general en el Municipio de Ixcán, Qulché, sus disposiciones son de orden público e interés social, aplicable ante toda persona individual o jurídica pública o privada. Es obligación de todo habitante, visitante o transeúnte del Municipio en mención cumplir con el presente Reglamento y todas las disposiciones existentes en materia de medio ambiente relacionadas al mismo.

Artículo 2 Definiciones

Para los efectos del presente Reglamentó se establecen las siguientes definiciones que serán aplicables a! funcionamiento y administración del servicio municipal de recolección de desechos sólidos; la generación, manejo, almacenaje, recolección, transporte, aprovechamiento y disposición final de desechos sólidos del Municipio de ixcán; así como la prevención en la generación y el reciclaje de los residuos que tengan valor comercial.

Acopio; Almacenamiento de los desechos sólidos en grandes cantidades.

Almacenamiento; Reunión, retención o acumulación de los desechos sólidos en un lugar en forma temporal de desechos mientras estos nó sean entregados ai servicio de recolección, para su posterior procesamiento, traslado, reutilización o disposición.

Área pública: Es el espacio de convivencia y uso general de la población.

Aseo urbano: Es el servicio de limpieza de las áreas públicas, comprende el barrido, almacenamiento, recolección, transporte, transferencia, tratamiento y disposición final de los desechos sólidos bajo normas técnicas.

Botadero de desechos: Sitio de acumulación de desechos sólidos que no cumple con las disposiciones vigentes y crea ríesgqs para la salud y seguridad humana o para el ambiente en general.

Botadero o basurero clandestino: Lugar o sitio no autorizado donde se depositan desechos sólidos, utilizando calles, (otes baldíos, barrancos, orillas de ríos u otros.

Cacha: Material recolectado entre los desechos y que es reunido para su venta y/o comercialización.

Chatarra: Fragmentos, piezas o partes de meta), electrodomésticos, maquinaria o vehículo.

Compactado: Equipo o máquina que por medio de presión reduce el volumen de los desechos sólidos para facilitar su almacenamiento; transporte y/o‘disposición final, autorizada.

Contenedor: Recipiente en el que se depositan los desechos sólidos para su almacenamiento temporal para su transporte al sitió de disposición final autoriZaclo.

CATEGORIA A: Es la denominación que se ¡e da a todo aquel comercio industria! que genere por lo mínimo dos toneles de basura diarios, (distribuidoras, depósitos de agua, fabrica de bloks, gasolineras, aserraderos y su categorías, talleres en diferentes categorías y otros que generen la misma cantidad de tonelaje y no estén incluidos en esta descripción.

CATEGORIA B: Es la denominación que se le da a todo aquel comercio que genere por lo mínimo un tonel d^ basura diario, {tiendas y sus categorías, venta de calzado y sus categorías, venta de ropa y sus categorías, venta de ferretería y sus categorías, funerarias, librerías y sus categorías, pinchazos, aceiteras, bancos, cooperativas, , colegios privados, escuelas, universidades, salones CJe belleza, oficinas contables o jurídicas, servicio de cable de televisión-, agencias de seguros y supermercados >

CATEGORIA C: Es la denominación que se le da a todas las viviendas que se ocupan para habitación familiar que genere por lo mínimo medio tonel de basura diario.

Desechos: Materiales generados en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización, control, reparación o tratamiento, cuya calidad no permite usarlos nuevamente en el proceso.que los generó, pero que pueden ser objetó de tratamiento y/o reciclaje.

Desechos «domiciliarlos; Son desechos sólidos producto de la actividad doméstica, que, por su tamaño, son adecuados para ser recogidos por los recolectores.

Desechos hospitalarios comunes: Son todos los desachos generados por ias actividades administrativas, auxiliares y generales provenientes de hospitales que no representan1 peligro para la salud y sus características son similares a tas que presentan los desechos domésticos comunes, entre estos: Periódicos, flores, papel, desechos de productos no químicos utilizados para la limpieza y enseres fuera de servicio; asi como también los desechos de restaurante tales como envases, restos de preparación de comidas, comidas no servidas o no consumidas, desechos de los pacientes que no presentan patología Infecciosa.

Desechos hospitalarios bioinfecciosos: Son cadáveres o parte ‘de animales infectados provenientes de laboratorio de investigaciones, las actividades normales de los centros de atención de salud, humana o animé!, tales como: hospitales tanto públicos como privados, clínicas, laboratorios y cualquier otro establecimiento de º atención en salud y veterinario. Que durante el desarrollo de sus actividades por los entes generadores, tales como hospitales públicos o privados, sanatorios, clínicas, laboratorios, bancos de sangre, centros clínicos, -casas de salud, clínicas odontológicas, control de maternidad y en general cualquier establecimiento donde se practiquen los niveles de atención humana o veteriparia, con fines de prevención, diagnóstico, tratamiento, recuperación y rehabilitación de la salud, „ *

Desechos peligrosos: Son aquellos desechos que conllevan riesgo potencial a la salud de ser humano o al ambiente, por poseer cualquiera de las siguientes oaracterísti«cas: corrosividad, explosividad inflamabilidad,

patogenicidad o bioinfecciosídad, radioactividad, reactividad y toxicidad.

Desechos sólidos: Residuos de materiales que han sido utilizados por el hombre para sus actividades que se lanzan al medio ambiente y pueden producir contaminación.

Disposición final Es el destino final de los desechos sólidos, ordenados, colocados y distribuidos en un espacio predeterminado y ambientalmente adecuado, según su naturaleza. Artículos 3 a 54

Escombros: Son todos aquellos desechos resultantes de las demoliciones, construcciones, ampliaciones, remodelacipnes, restauración de edificaciones y pavimentación de vías públicas realizadas por entes públicos o privados.

Foco «decontaminación: Punto en donde se concentran altos niveles de contaminación.

Habitante: Los habitantes de una jurisdicción municipal constituyen su población y para tos efectos legales, son vecinos y transeúntes.

Reciclaje: Proceso al que es sometido un material o produtrto para ser reincorporado a un ciclo de producción o de consumo, ya sea el mismo en que fue generado u otro diferente. Transformar o aprovechar algo para un nuevo destino o uso. Proceso de aprovechamiento de materiales, tantas veces como sea posible.

Recolección: Conjunto de acciones destinadas a recolectar y trasladar los desechos generados a las instalaciones de almacenamiento, transferencia, tratamiento, re uso o a los sitios de disposición final; Recolección selectiva: Recolección de desechos clasificados, separados y presentados aisladamente, para su posterior utilización como materia] reciclable.

Reincidencia: Incurrir de nuevo en una infracción al presente Reglamento, después de haber sido...

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