Reglamento para la administración y funcionamiento del servicio municipal de recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos del municipio de Chicamán, departamento de Quiché

MUNICIPALIDAD DE CHICAMÁN, DEPARTAMENTO DE QUICHÉ

Acuérdese aprobar el presente REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE RECOLECCIÓN, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS Y RESIDUOS SÓLIDOS DEL MUNICIPIO DE CHICAMÁN, DEPARTAMENTO DE QUICHÉ.

CONCEJO MUNICIPAL MUNICIPIO DE CHICAMÁN, DEPARTAMENTO DE QUICHÉ.

ACTA NÚMERO 03-2.018-CM. Sesión Pública Ordinaria celebrada por la Honorable Corporación Municipal del Municipio de Chicamán, del Departamento de Quiché, de fecha lunes quince de enero del dos mil dieciocho, PUNTO RESOLUTIVO: DECIMO QUINTO: Inciso m) de la ORDEN DEL DÍA.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras tendones Ies corresponde obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 68 inciso a) del Código Municipal establece que es una competencia propia del municipio formular y coordinar políticas, planes y programas relativos á la recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos hasta su disposición final.

CONSIDERANDO:

Que en el municipio de Chicamán no se cuenta con un reglamento que regule este servicio, por lo que es necesario regularlo.

POR TANTO:

Este Concejo Municipal, con funcionamiento en los artículos 253,254,255,259 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 35, 68 inciso a) 72, 73, 74, 75, 100 y 101 del Código Municipal por unanimidad.

ACUERDA:

Aprobar el presente REGLAMENTO DE:

REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE RECOLECCIÓN, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS Y RESIDUOS SÓLIDOS DEL MUNICIPIO DE CHICAMÁN, DEPARTAMENTO DE QUICHE.

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENÉRALES Y OPERACIÓN DEL SERVICIO

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 14
Artículo 1 Objeto

El presente reglamento es de observancia general y tiene por objeto regular la prestación del servicio de recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos en el. Municipio de Chicamán.

Artículo 2 Naturaleza del servicio

El servicio de recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos es competencia propia de la Municipalidad y será prestado por ésta. Sin embargo, cuando el Concejo Municipal lo considere conveniente, podrá aprobar su prestación en forma mancomunada, o concesionario a personas individuales o jurídicas, conforme lo estipulado en los artículos 73, 74 y 75 del. Código Municipal y en este Reglamento.

Artículo 3 Entidad responsable

Oficina de Servicios Públicos Municipales, es la responsable de velar por que el reglamento se aplique correctamente y sin preferencias ni excepciones de ninguna naturaleza.

Artículo 4 Obligatoriedad de suscribirse al servicio

Para garantizar una eficiente y ordenada recolección de los desechos sólidos y evitar la proliferación de basureros clandestinos, todos los propietarios, arrendatarios o usufructuarios de inmuebles ubicados en los espacios del área urbana están obligados a suscribirse y pagar la tasa mensual establecida por el Concejo Municipal, independientemente que hagan o no uso del mismo.

Artículo 5 Áreas públicas

Corresponde a cada vecino mantener limpia la acera y la calle fíente a su casa, y a la municipalidad, el barrido de las calles, las plazas o parques, el mercado municipal y demás áreas públicas municipales.

CAPÍTULO II Artículos 6 a 14

OPERACIÓN DEL SERVICIO

Artículo 6 Administración del servicio por parte de la Municipalidad

La administración del servicio estará a cargo de un encargado, quien será nombrado por el alcalde municipal y estará bajo la dependencia Oficina de Servidos Públicos Municipales quien contará con el apoyo del personal del Tren de Aseo y del personal ubicado en Parques y Calzadas para su mantenimiento, y tendrá las siguientes funciones:

  1. Velar por que el servicio se preste de forma eficiente y ordenada;

  2. Llevar un registro de los usuarios del servicio;

  3. Supervisar y coordinar a los empleados municipales encargados de la prestación del servicio;

  4. Dirigir los trabajos de tratamiento y disposición final de los desechos recolectados;

  5. Establecer el horario de recolección de desechos sólidos, indicando el día y la hora por zona, área, barrio o similar;

  6. Elaborar el presupuesto anual necesario para cumplir con sus obligaciones, el que deberá trasladar al Coordinador de la Oficina de Servidos Públicos Municipales, para su Visto Bueno, para su trámite correspondiente;

  7. Velar por el cumplimiento del presente reglamento;

  8. Atender las solicitudes de servicio presentadas por los vecinos;

  9. Atender, verificar y documentar las denuncias que por violación a este reglamento se presenten.

  10. Informar al Juez de Asuntos Municipales o al alcalde en su defecto, sobre las violaciones al presente reglamento que haya verificado y documentado.

Artículo 7 Administración del Servicio por parte de Empresas Concesionarias

Si el servicio de Recolección de Desechos Sólidos es concesionado, las empresas beneficiadas deberán presentar a la Municipalidad en la Oficina de Servidos Públicos Municipales, en el mes de enero, el detalle de los usuarios del servicio, en dicho informe deberá incluir a) nombres y apellidos del usuario, dirección exacta, monto mensual a cancelar, y otra información de importancia.

Artículo 8 Obligaciones de los usuarios

Los usuarios del servicio de recolección de desechos sólidos deberán cumplir las siguientes obligaciones;

  1. Almacenar y entregar los desechos sólidos en bolsas plásticas cerradas, las que colocarán en la puerta de su casa, negocio u otros, el día y hora indicado por el recolector,

  2. Velar por que los desechos que entregue no causen daño o lesiones a las...

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