Plan de tasas y demás tributos para la municipalidad de San Carlos Alzatate, departamento de Jalapa

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL MUNICIPIO DE SAN CARLOS ALZATATE, DEPARTAMENTO DE JALAPA:

CERTIFICA: Tener a la vista el libro de actas en uso de sesiones municipales, en el qué se encuentra el acta número: 27-2018, de fecha once de julio del año 2018, en donde aparece el punto SEGUNDO: Que copiado literalmente contiene lo siguiente: El Honorable Concejo Municipal en pleno,

CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, de forma textual establece: Los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, entre otras funciones les corresponde: a) Elegir a sus propias autoridades; b) Obtener y disponer de sus propios recursos; y c) Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. Para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.

CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal la deliberación y decisión del gobierno municipal, la administración del patrimonio y los intereses de su municipio.

CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de San Carlos Alzatate, departamento de Jalapa no tiene un Reglamento adecuado de cobro de tasas, haciéndase necesario la modernización y readecuación de los cobros, a manera de cumplir con lo que requieren las leyes respectivas y que todo esté acorde a la capacidad de pago del vecino.

CONSIDERANDO: Que para lograr continuidad en el fomento de dichos servicios, así como el desarrollo del Municipio, se hace necesario contar con los recursos financieros indispensables, y tomando en consideración que la Municipalidad de San Carlos debe mantener y crear un ambiente de seguridad en la prestación de los servicios, para lo cual es necesario tener fuentes de financiamiento qué de acuerdo a lo que legal y legítimamente se pueda obtener. En virtud de lo cual es conveniente crear y modificar las tasas que actualmente se encuentran vigentes, de acuerdo con la realidad socio económica del municipio. POR TANTO: Con fundamento en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 33, 35 incisos a), e) y i), 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal, contenido en el Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República. ACUERDA: Aprobar la siguiente, PLAN DE TASAS, Y DEMÁS TRIBUTOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS ALZATATE, DEPARTAMENTO DE JALAPA.

TASAS ADMINISTRATIVAS MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR