Acuerdo No. COM-36-2020.- Reglamento de Creación y Funcionamiento del Sistema Integrado de Medios de Pago Electrónico de Recarga y Recaudo del Municipio de Guatemala

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el artículo 68 literal c) del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas, los municipios son instituciones autónomas a los que entre otras atribuciones y funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, así como lo referente a la prestación de los servicios públicos locales, y para los efectos correspondientes, podrán emitir sus ordenanzas y reglamentos respectivos; también les Compete la regulación del transporte de pasajeros y carga, y sus terminales locales.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 67 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del • Congreso de la República y sus reformas, el municipio puede en el ámbito de sus competencias promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales, ambientales y prestar cuantos servicios contribuyan a mejorar la calidad de vida, a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la población del municipio.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad al artículo 35 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas, es atribución del Concejo Municipal, entre otras la emisión y aprobación de Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas Municipales, así como la creación, supresión o modificación de sus dependencias y unidades de servicios administrativos y de los servicios públicos municipales o comunitarios, así como las demás competencias inherentes a la autonomía del Municipio.

CONSIDERANDO:

Que derivado de la experiencia de la epidemia del COVID-19 se evidenció la necesidad de hacer esfuerzos para restringir el contacto a través de medios físicos, entre los participantes de cualquier actividad económica, implementando alternativas que hagan posible la utilización de medios de pago electrónicos, como medida de prevención y protección de la salud de las personas ante enfermedades infectocontagiosas.

CONSIDERANDO:

Que es necesario implementar métodos de pago y conciliación que faciliten el pago de arbitrios, tasas o tarifas de la Municipalidad de Guatemala o sus empresas, a través de mecanismos modernos y confiables.

POR TANTO:

Con base en lo antes considerado y con fundamento en los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos 35 literales e) e i); 67, y 72 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 y sus reformas; Artículo 1 al 8 del Reglamento para la Operación y Prestación de Servicios en el Sistema Integrado de Transporte Público Colectivo Urbano del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Acuerdo Municipal número CQM-42-2009.

ACUERDA:

Aprobar el siguiente

Reglamento de Creación y Funcionamiento del Sistema Integrado de Medios de Pago Electrónico de Recarga y Recaudo del Municipio de Guatemala

CAPITULO I Disposiciones Generales Artículos 1 a 4
ARTÍCULO 1 Creación

Se crea el Sistema Integrado de Medios de Pago Electrónico de Recarga y Recaudo del Municipio de Guatemala, el cual consiste en una plataforma digital en la cual se realizan procesos automatizados y controlados referentes a recargas y pago por medios electrónicos, de tasas, arbitrios y tarifas por servicios públicos, así como la conciliación, liquidación y pago a los prestadores de servicios.

ARTÍCULO 2 Objeto

El presente Reglamento tiene por objeto normar el proceso de pago electrónico, recarga y recaudo automatizado de tarifas del Sistema Integrado de Transporte Público Colectivo Urbano del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia, así como el pago de tasas, arbitrios y cualquier otro servicio público que pueda incorporarse, con la finalidad de brindar mayor seguridad a los usuarios, tanto desde el punto de vista sanitario, como en lo referente a la custodia del mismo, y a la vez, garantizar los ingresos obtenidos a favor de la Municipalidad de Guatemala, sus empresas y prestadores de servicio público.

Este Reglamento, incluye lo relativo a la administración, operación, cobros y pagos del Sistema integrado de Medios de Pago Electrónico de Recarga y Recaudo del Municipio de Guatemala.

ARTÍCULO 3 Autorización

Se autoriza a las dependencias y empresas de la Municipalidad de Guatemala el uso e implementación del Sistema Integrado de Medios de Pago Electrónico de Recarga y Recaudo del Municipio de Guatemala, para que acepten y procesen pagos electrónicos referente a tasas, arbitrios o tarifas por servicios públicos. Dicha autorización se extiende a otros prestadores de servicios públicos de la Municipalidad de Guatemala que en el futuro se establezca.

Además, se autoriza a otros prestadores de servicios públicos que de manera voluntaria quieran incorporarse al sistema, para hacerlo, previo cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento.

Para llevar a cabo el cobro mediante el Sistema Integrado de Medios de Pago Electrónico de Recarga y Recaudo del Municipio de Guatemala, cada dependencia, empresa municipal o prestador de servicio público, deberá gestionar y formalizar su adhesión ante la “Unidad Mediante Pagos Electrónicos” (UMPE) de la Municipalidad de Guatemala.

ARTÍCULO 4 Definiciones

Para los efectos, interpretación y aplicación de este Reglamento, se entenderá por:

  1. Centro de Atención al Usuario: Lugar donde los usuarios pueden acudir para realizar consultas, gestiones asociadas al Sistema Integrado de Medios de Pago Electrónico de Recarga y Recaudo del Municipio de Guatemala.

  2. Conciliación: Es el proceso de cuadre periódico de las transacciones realizadas del Sistema Integrado de Medios de...

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